El proceso de postulaciones exprés del CNE



Ante un año electoral como lo representa el 2018, el 7 de febrero el Consejo Nacional Electoral (CNE) ratificó lo que ya había sido anunciado públicamente por la ilegítima Asamblea Nacional Constituyente (ANC): las elecciones presidenciales serían adelantadas casi ocho meses y se celebrarían el 22 de abril.

El cronograma electoral para estos comicios resalta una serie de irregularidades por parte del árbitro electoral. Las mismas van desde la disminución de importantes actividades electorales en comparación a las ultimas elecciones presidenciales. Pero lo más preocupante es el gran recorte de los lapsos para llevar a cabo dichas actividades. En 2012 hubo un total de 90 actividades que se desarrollaron en 190 días. Mientras que este año hay 83 actividades para ejecutarse en un lapso menor a tres meses.

Entre las etapas más afectadas por esta planificación y ejecución exprés por parte del CNE, se encuentra el proceso de postulación de candidatos. Desde Cepaz buscamos señalar aquellos hechos principales que vulneran notoriamente  los valores democráticos y quebrantan los derechos políticos y civiles de los venezolanos. Haciendo constar una vez más que este evento electoral no cumple con todas la garantías para su celebración.

Con la finalidad de contextualizar las constantes violaciones a los derechos políticos de los venezolanos, militantes o no de organizaciones con fines políticos, resulta de particular importancia repasar las irregularidades que han surgido inmediatos en torno al proceso de postulaciones:

Fantasmas de las inhabilitaciones

El  Sistema Automatizado de Postulaciones (SAP) del Consejo Nacional Electoral impide que los funcionarios públicos inhabilitados por la Contraloría General de la República puedan postularse a cargos de elección popular. Así lo establece el artículo 105 de la Ley Orgánica de Contraloría General de la República: “las sanciones luego de declarada la responsabilidad administrativa son: suspensión del ejercicio del cargo sin goce de sueldo por un período no mayor de veinticuatro (24) meses o la destitución del declarado responsable e imponer, atendiendo a la gravedad de la irregularidad cometida, su inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas hasta por un máximo de quince (15) años”.

Este recurso de las inhabilitaciones ha sido usado por parte del Gobierno Nacional como estrategia de excluir por vías administrativas  a quienes se oponen. Destacando que según cifras de la Contraloría General de la República entre el 2000 hasta el 2012 se inhabilitó a 924 funcionarios públicos. Otras 507 sanciones correspondieron a inhabilitaciones para el ejercicio de la función pública entre uno y 10 años. Bajo el argumento de dudosos manejos de los recursos públicos y sin condenas penales.

Invalidación de partidos políticos

Para 2016 había un total de 67 partidos políticos. Para febrero de 2018 solo restan 17 partidos en el sistema político venezolano. Los cuales serán los únicos que podrán participar en esta contienda electoral. El inicio de la  invalidación de estos 50 partidos tiene su origen en el obstaculizado proceso de validación de partidos que inició en 2016. Luego se postergó para 2017 y finalizó a inicios de 2018.

Tras más de dos años del interrumpido proceso de validación de partidos políticos, en los actuales comicios electorales solo cinco partidos de oposición han logrado superar cada uno de los obstáculos que representó el proceso. Siendo una clara vulneración del derechos de los venezolanos ya que coarta la posibilidad de elegir libremente entre diferentes opciones electorales. Además se lesiona el derecho al sufragio en su faceta pasiva, esto es, el derecho ser elegido. Y se constriñe a los ciudadanos a optar por candidatos que considera el poder, son más fáciles de derrotar.

Muestra de ello fue la inscripción de la candidatura del actual Presidente de la República, quien el pasado 27 de febrero lo hizo prácticamente en solitario. Sin los contrincantes de los partidos tradicionales y de la unidad opositora. Previamente, poco antes del anuncio de las adelantadas y precipitadas elecciones, estos habían sido invalidados por el CNE ante los anuncios realizado por la fraudulenta ANC y la sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. El máximo tribunal ordenó su exclusión de dicha renovación. Para ello argumentó que la MUD está conformada por “la agrupación de diversas organizaciones políticas ya renovadas y otras pendientes de renovación que podrán participar en el proceso electoral de carácter nacional, lo cual contraría abiertamente la prohibición de la doble militancia”.[1]

Postulaciones exprés

De acuerdo al cronograma electoral aún vigente, el proceso de postulaciones de los candidatos contó solo con un total de 11 días para llevar a cabo 12 actividades. De esta manera se demostró como el CNE actuó arbitrariamente y contrario a lo establecido en la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) al recortar los lapsos para la realización de las actividades pertinentes al proceso de postulación. Recordando que para las elecciones de 2012  el CNE estipuló 18 actividades en 307 días. Mientras que en 2018 solo está otorgando una semana y media para su realización.[2]

En función de este accionar exprés, el máximo ente electoral informó a través de la cuenta twitter de la rectora Tania D’Amelio, el día 22 de febrero, que el proceso de las postulaciones vía internet iniciaría a los dos días. Es decir el 24 de febrero, y culminaría el 3 de marzo con la resolución de los recursos contra las inscripciones de los candidatos.[3]

Durante estos 11 días, los posibles candidatos debieron acceder a su planilla de inscripción. Luego presentar sus postulaciones ante la Junta Nacional Electoral con la entrega de los recaudos personalmente en la sede del Poder Electoral. Después que concluya el plazo de inscripciones, se elaborará un Acta de Cierre de Postulaciones. La cual está establecida en el Reglamento de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE). Permitiendo así efectuar el acto de admisión o rechazo de las postulaciones a las candidaturas para dar paso al acta de interposición y admisión de recursos contra la decisión de las postulaciones.[4]

En esta misma línea de irregularidades, el ente electoral estableció los lapsos y requisitos para quienes tengan intención de postularse a las elecciones presidenciales. Esto bajo la modalidad por grupos de electores o iniciativa propia. El CNE señal{o que aquellos deseen postularse por grupos de electores, tienen plazo de cinco días para presentar ante la Oficina Nacional de Participación Política del CNE de Plaza Caracas, las manifestaciones de voluntad que los respaldan. Equivalentes al 5 % del registro electoral de por lo menos 18 entidades federales.[5]

Por su parte, los posibles postulados por iniciativa propia necesitan presentar el 5% de los inscritos en el Registro Electoral. En una cantidad no menor a 2000 validaciones distribuidas en por lo menos 12 entidades federales en un lapso de tres días. De esta manera se refleja como los lapsos estipulados por el ente electoral son insuficientes para llevar a cabo la consignación de los requisitos establecidos. Ya que los aspirantes a postularse por iniciativa propia o Grupo de electores deberán recaudar al menos 987.046 firmas en cuatro días. Lo que equivale a 10.282 firmas por hora de forma interrumpida.

Sin embargo en esta lista de irregularidades falta por agregar un nuevo hecho. Como fue el anuncio realizado por el CNE el 1 de marzo, sobre el cambio de fecha de las elecciones presidenciales y la  convocatoria de la elección de los Consejos Legislativos y Concejos Municipales para la segunda semana de mayo.

Aun habiendo pasado una semana del anuncio, el ente electoral ha informado de forma irregular e incompleta si el actual cronograma electoral se mantiene o si habrá una extensión de los lapsos en cada una de las etapas. Destacando que en la página web no se han publicado los cronogramas correspondientes. Lo más grave es el silencio sobre los lapsos del proceso de postulación para candidatos a Concejales, el cual hasta la fecha de publicación de este artículo, se desconoce.

Lo que sí queda claro es porque por más que el CNE haya realizado un cambio de fechas, la violación a lo establecido en las leyes electorales y la Constitución persisten al decidir arbitrariamente una ejecución exprés de las cada una de las recortadas actividades electorales, vulnerando el derecho a la participación política de los venezolanos y siendo un claro mensaje de que la existencia de un régimen dictatorial moderno.

[1]Sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, 2018. Véase en: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/enero/207132-0053-25118-2018-15-0638.HTML

[2] Observatorio Electoral Venezolano, 2018, OEV: Consejo Nacional Electoral organiza comicios presidenciales “chucutos”. Véase en: http://redobservacionelectoral.info/oev-consejo-nacional-electoral-organiza-comicios-presidenciales-chucutos/

[3]Tania D´amelio, 2018, Rectora del Consejo Nacional Electoral. Véase en: https://twitter.com/taniadamelio

[4] El Nacional Web, 2018, Proceso de postulaciones para elecciones inició este sábado. Véase en: http://www.el-nacional.com/noticias/politica/proceso-postulaciones-para-elecciones-inicio-este-sabado_224387

[5] El Nacional Web, 2018, Proceso de postulaciones para elecciones inició este sáb  ado. Véase en: http://www.el-nacional.com/noticias/politica/proceso-postulaciones-para-elecciones-inicio-este-sabado_224387


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