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Cepaz ante la prórroga para la postulación de candidatos anunciada por el CNE

Desde el Centro de Justicia y Paz, Cepaz, rechazamos la versión publicada en El Nacional y Efecto Cocuyo acerca de la modificación del cronograma de postulaciones y fecha del evento electoral presidencial anunciada por el Consejo Nacional Electoral (CNE).

Como organización de la sociedad civil cuyo mandato es la defensa de los derechos humanos, entendemos que cualquier limitación a los derechos políticos de los venezolanos tiene que ser documentada y denunciada

Es por ello que, junto a otras fuerzas de la sociedad civil organizada, solicitamos el pasado 19 de febrero al CNE que publicara y divulgara la ubicación de los 531 puntos de inscripción y actualización del Registro Electoral.

Tal acción nos permitió dejar constancia de la violación del artículo 33 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales en lo atinente a los criterios de apertura y ubicación de los señalados puntos.

Posteriormente, el 26 de febrero denunciamos ante el CNE el escaso lapso de tiempo para la postulación de candidatos por grupos de electores y candidaturas por iniciativa propia

Esto en el entendido, que el derecho a ser elegido forma parte de los derechos políticos de los venezolanos, y es también un derecho humano.

Al mismo tiempo, solicitamos la prórroga del lapso, para que se garantizara el derecho a la participación. El CNE no ha respondido a nuestras solicitudes.

Tal como estaba planteado el cronograma, quienes desearan postularse por grupo de electores o candidatura de iniciativa propia requerían recolectar casi un millón de firmas en menos de una semana.

Queremos documentar la obstaculización del derecho de asociación política y el derecho a ser elegido, como un patrón que afecta a organizaciones con fines políticos, grupos de electores y electores que desean postularse por iniciativa propia.

En la solicitud no fijamos un lapso de 48 horas. Ese lapso tampoco resultó suficiente para garantizar el derecho a la participación política.

Además, la modificación de la fecha del evento electoral pautado para el 22 de abril, fue una decisión unilateral del CNE.

Tampoco hemos refrendado ni suscrito el denominado “Acuerdo de Garantías Electorales”, por lo que mal podríamos ser los promotores de ese documento.

Exigencia vigente

Hemos dejado claro que ni la modificación de la fecha de la elección, ni la promesa del cumplimiento de algunas actividades de conformidad con la Lopre, pueden llamarse garantías electorales. Nuestra exigencia de garantías electorales para la celebración de una elección auténtica sigue vigente.

Nuestra trayectoria de acompañamiento a los ciudadanos y la vigilancia y defensa de los derechos humanos es pública, por ello les invitamos a consultar nuestra página web.

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