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Organizaciones saludan establecimiento de una Oficina del Fiscal de la Corte Penal Internacional en el país

Las suscritas organizaciones de la Sociedad Civil saludamos el establecimiento de una Oficina del Fiscal de la Corte Penal Internacional en el país, como un paso hacia la plena implementación de los estándares del Estatuto de Roma en favor de los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición.

El Fiscal Karim Khan ha dejado claro que su objetivo es mejorar la rendición de cuentas por los crímenes del Estatuto de Roma, y que continuará haciendo valer su jurisdicción ante los jueces de la Sala de Cuestiones Preliminares I, “hasta que tengamos la opinión de que Venezuela puede implementar efectivamente sus obligaciones”.

Igualmente ha dejado claro que, al tiempo que avanza el dossier Venezuela I ante los jueces y se implementen las funciones de cooperación y asistencia técnica de su oficina en Venezuela, su Oficina “profundizará sus alianzas con todas las partes interesadas y, en particular, continuará fortaleciendo su compromiso crucial con la sociedad civil”. Ello indica el valor primordial dado a la sociedad civil para alcanzar los objetivos de la justicia internacional, como afirmara días atrás durante su visita a Colombia.

Deseamos subrayar los siguientes puntos sobre la apertura de la Oficina y su implementación en Venezuela:

Transparencia y participación ciudadana

Lamentamos la falta de información a la opinión pública sobre la visita, su desarrollo y que, hasta los momentos, no se haya hecho público el nuevo Memorando de Entendimiento (MdE). En un país en donde reina la opacidad institucional y la falta de transparencia en la gestión pública, esperamos que esa no sea la dinámica impuesta en el desarrollo del mandato de la Oficina. Es necesario que se divulgue el MdE y en consecuencia, conocer cuáles son las áreas prioritarias que según el Fiscal se establecieron, y en las que la Oficina brindará asesoramiento y asistencia a las autoridades, más aún cuando en el MdE se incluye la “asistencia para desarrollos legislativos en el campo de la justicia”. Mal podría la Oficina brindar esta asistencia para que sea implementada en procesos legislativos, como los que adelanta la actual Asamblea Nacional, sin publicidad alguna y simulando la participación ciudadana. Insistimos en que las políticas deben ser elaboradas y adoptadas con transparencia, de cara a la nación.

Garantías a las Organizaciones de la Sociedad Civil

Es imprescindible que la Oficina también contribuya a crear las condiciones para que el Estado cumpla con su deber de garantizar la existencia y el trabajo de las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), dado que el Fiscal y la CPI las considera “socios necesarios para establecer responsabilidades significativas en crímenes de lesa humanidad”. El Estado debe abstenerse de intimidaciones y represalias, incluidos los proyectos de Ley de Cooperación Internacional y Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales y Afines. Si no se brindan garantías a las OSC será imposible que la Oficina pueda desarrollar un mandato independiente en Venezuela.

Protección a las víctimas

Las opiniones de las víctimas y sus organizaciones deben ser escuchadas y tomadas en cuenta para implementar el mandato de la Oficina. En particular, la asistencia y la cooperación de la Oficina debe llevar a que el Estado garantice su integridad y a que las autoridades se abstengan de descalificaciones y de todo acto de intimidaciones y represalias.

Cooperación entre la Oficina y la OACNUDH

Celebramos que se establezcan vínculos de trabajo entre la Oficina y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, los cuales deben redundar en el fortalecimiento de ambas instancias y de ninguna manera causar un debilitamiento mutuo. Es indispensable que esta sinergia lleve a que el Estado venezolano implemente las recomendaciones del Sistema Interamericano y de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos, incluidas las recomendaciones de la Misión Internacional para la Determinación de los Hechos, especialmente dirigidas al establecimiento de responsabilidades de Crímenes contra la Humanidad en Venezuela.

No al negacionismo, sí a las investigaciones y enjuiciamientos genuinos

Reafirmamos que las autoridades nacionales y quienes ejerzan cargos de potestad del Estado deben abstenerse de inmediato de todo ataque o descalificación en contra de la CPI, los Jueces de la Sala Primera de Cuestiones Preliminares, el Fiscal de la CPI y los miembros de su Oficina. Recordamos que Venezuela es un estado miembro del Estatuto de Roma y está obligado por ello a cooperar para la realización de sus fines, así como respetar sus instituciones. El gobierno debe abstenerse de negar la existencia de crímenes contra la humanidad que no han sido ni siquiera investigados, como tampoco lo han sido las cadenas de mando.

Por el contrario, esperamos que el mandato de la Oficina realmente lleve a que el Estado venezolano adelante investigaciones y enjuiciamientos penales genuinos de acuerdo a los estándares del Estatuto de Roma, y en su defecto, que se mantenga abierta la investigación Venezuela I, como bien ha manifestado el Fiscal Karim Khan.

Finalmente deseamos que la Oficina del Fiscal sea un mecanismo exitoso no solo en Venezuela sino en Bangladesh, Sudán y Ucrania donde el Fiscal prevé también abrir oficinas. Los pueblos víctimas de crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad tienen derecho a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición, y los responsables de tales crímenes deben ser llevados ante la justicia para que se establezcan sus responsabilidades penales.

Acceso a la Justicia

Coalición por los Derechos Humanos y la Democracia

Centro de Justicia y Paz (Cepaz)

Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello

Civilis Derechos Humanos

Defiende Venezuela

Foro Penal

Laboratorio de Paz

Programa Venezolano de Educación Acción en Derechos Humanos (Provea)