CIDH amplía medidas de protección a favor de Katherine Martínez, directora de Prepara Familia,


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Publicado el: 11 de agosto de 2020

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el 6 de agosto de 2020 la resolución 42/2020, mediante la cual amplió las medidas cautelares a favor de Katherine Martínez, directora de la organización de la sociedad civil venezolana Prepara Familia, por considerar que se encuentra en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos.

La solicitud de las medidas cautelares fue presentada por Beatriz Borges, directora ejecutiva del Centro de Justicia y Paz (Cepaz), Feliciano Reyna y Natasha Saturno, de Acción Solidaria, y Edward Pérez.

Señaló la solicitud que la directora de Prepara Familia se encuentra en una situación de riesgo por sus labores como defensora de los derechos de las niñas y niños del hospital J.M. de los Ríos. Martínez ha sido solicitante de medidas cautelares a favor de los pacientes de dicho centro hospitalario.

El 21 de febrero de 2018, la CIDH decidió solicitar la adopción de medidas cautelares a favor de las niñas y niños pacientes del área de Nefrología de dicho Hospital. Posteriormente, el 21 de agosto de 2019, la Comisión amplió las medidas cautelares a favor de niñas y niños, pacientes en trece de los servicios del J.M. de Los Ríos.

En la resolución 42/2020 se señala que Katherine Martínez ha cumplido un rol vital en la documentación y registro de la situación crítica en la que se encuentra el J.M. de los Ríos, así como en el logro de las ayudas humanitarias para pacientes, mujeres cuidadoras y familias que acuden al mismo.

Reiteró la CIDH la lamentable situación en la que se encuentran los niños y niñas pacientes y destacó que fue informada de amenazas, intimidaciones y actos de hostigamientos contra la directora de Prepara Familia.

A juicio de la  CIDH  Martínez se encuentra en una situación de gravedad y urgencia, toda vez que sus derechos enfrentan un riesgo de daño irreparable. Por consiguiente, con base en el artículo 25 de su Reglamento, la solicitó al Estado de Venezuela que: a) adopte las medidas necesarias para proteger la vida e integridad personal de la señora Katherine Martínez. En particular, el Estado debe asegurar que los derechos de la beneficiaria sean respetados de conformidad con los estándares establecidos por el derecho internacional de los derechos humanos, tanto por sus agentes, como en relación con actos de riesgo atribuibles a terceros; b) concierte las medidas a implementarse con la beneficiaria y sus representantes; y c) informe sobre las acciones adelantadas a fin de investigar los presuntos hechos que dieron lugar a la adopción de la presente resolución y así evitar su repetición.

Lea las medidas cautelares completas aquí


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