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Situación de las defensoras de derechos humanos en Venezuela por Linda Loaiza

Resumen de la investigación original

Desde principios del año 2018, el Centro de Justicia y Paz (Cepaz), junto a las distintas organizaciones de mujeres e individualidades que conforman la Red Naranja, ha venido realizando investigaciones sobre la agravada situación en materia de derechos humanos de las mujeres en Venezuela.

Linda Loaiza López en colaboración con María Corina Muskus y Fabiana Pardi, realizó una trabajo sobre la “Situación de las defensoras de derechos humanos en Venezuela”.

La génesis de esta investigación se enmarca en la evidente invisibilidad comunicacional que se observa hacia el trabajo que llevan a cabo las mujeres defensoras de derechos humanos.

  1. Definición de personas defensoras de derechos humanos

Distintas instancias internacionales, en función de lo establecido en los distintos instrumentos internacionales en materia de derechos humanos como la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, así como diversas normas, Convenciones Internacionales y nacionales de derechos humanos, han definido lo que se entiende como defensor de derechos humanos.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), entiende que debe ser considerado defensor de derechos humanos “toda persona que de cualquier forma promueva o procure la realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidos a nivel nacional o internacional”.[1]

Por su parte, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en 1999 aprobó la denominada Declaración de la (ONU) sobre defensores. Dicha Declaración contiene una serie de principios y derechos de conformidad con los derechos humanos, demostrando el compromiso y consenso de los Estados en proporcionar apoyo y protección a la labor de defensa de los derechos humanos.

  1. El ejercicio de los derechos humanos en Venezuela

Ante la grave crisis institucional y humanitaria que atraviesa el país, resulta oportuno mencionar lo que señala la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su Informe,  Institucionalidad Democrática, Estado de Derecho y Derechos Humanos en Venezuela. [2]

En él la CIDH advierte con preocupación sobre la situación de varias defensoras de derechos humanos, las cuales han sido detenidas y hostigadas en razón de su defensa de las personas detenidas o por reportar la situación del país. Asimismo hace referencia a los actos de hostigamiento, amenazas, ataques contra la integridad personal y contra la vida de los defensores en el país y el grado de impunidad por parte del Estado venezolano en adoptar todas las medidas necesarias para proteger a los defensores y cesar todo tipo de declaración descalificatoria en su contra por parte de agentes estatales.[3]

  1. Mujer defensora de derechos humanos, un enfoque diferenciado

La importancia y el reconocimiento de los desafíos que afrontan las mujeres defensoras en el mundo toman un nivel más significativo en 2006, cuando se declara el 29 de noviembre como el Día Internacional de las Defensoras de Derechos Humanos. Haciendo reconocimiento de la discriminación que existen con las mujeres defensoras y los obstáculos que enfrentan, tales como: ataques misóginos, violencia basada en el género, falta de protección y acceso a la justicia, falta de recursos para las organizaciones de mujeres y apoyo a la participación de las defensoras en la vida política y pública.[4]

En función de esta estigmatización que sufren las mujeres defensoras de derechos radica la importancia de visibilizar el grado de vulnerabilidad y su evidente necesidad de una atención especial, con el fin de poder identificar el grado de discriminación y criminalización de su labor.

  1. Obstáculos que enfrentan las mujeres defensoras de derechos humanos

Las mujeres defensoras de derechos humanos en los últimos años han enfrentado distintos obstáculos que han representado grandes dificultades para el desarrollo de sus actividades.

En Venezuela la defensa de los derechos humanos se lleva a cabo bajo un clima de miedo, violencia, hostilidad, criminalización de manera generalizada y sistemática. Teniendo como dificultad principal la usencia de datos desagregados por sexo, es decir, no existen cifras oficiales sobre ésta temática en Venezuela, lo cual expone el riesgo y vulnerabilidad de las mujeres defensoras de derechos humanos.

En función de esto, la presenta investigación realiza un registro testimonial de cada una de las defensoras de derechos humanos venezolanas que han sido víctimas de amenazas, hostigamientos, asesinatos, detenciones arbitrarias e investigaciones penales.

Se logró reportar un total de 49 casos donde queda en evidencia la vulneración de sus derechos humanos por parte del Estado venezolano. El 2% se le han trasgredido el derecho a la vida, el 11% el derecho a la libertad de asociarse, el 36% el derecho de igualdad ante la Ley y finalmente el 51% el derecho a la integridad personal.

  1. Medidas de protección para mujeres defensoras

Los mecanismos de protección de las mujeres en general en Venezuela son escasos y su implementación es poco efectiva. No cuentan con un marco jurídico que contenga la acción del Estado contra el accionar de las defensoras de derechos humanos que amparen y defiendan sus derechos.

Por ello, es imprescindible e importante incluir mecanismos verdaderamente efectivos y con un enfoque de género diferenciado a fin de entender las diferentes situaciones que enfrentan las mujeres defensoras, así como sus necesidades particulares de protección. Basándose en el entendimiento de los contextos que afectan la seguridad de las mujeres defensoras, en particular entender la discriminación y patrones que se perpetúan en su contra.

En ese mismo orden de ideas, las medidas de protección no deben estar limitadas únicamente a garantizar su seguridad física, sino también psicológica; de ella y de sus familiares.

Del mismo modo, la adopción de medidas de seguridad no cumple con su objetivo si no incluyen además medidas de reconocimiento de la labor de defensa de las mujeres defensoras. También deben incluir acciones para contrarrestar, atacar y prevenir los riesgos a los que están sujetas las mujeres defensoras.

Por tanto, el rol de los órganos de investigación y órganos de justicia son vitales a fin de garantizar que las investigaciones de agresiones y delitos cometidos en contra de mujeres defensoras de derechos humanos sean debidamente investigados conforme a protocolos que tomen en cuenta un enfoque de género.

Finalmente, una de las medidas de protección que se debe garantizar es el acompañamiento internacional y prevenir cualquier acto de criminalización o represalia en contra de las mujeres defensoras en Venezuela.

En este sentido, el resultado de esta investigación nos muestra como vital y urgente el reconocimiento, la visibilidad y legislación, a favor de la protección y libre desenvolvimiento de la labor de las defensoras de derechos humanos, así como la aplicación de la misma bajo el Estado de derecho de un país que debe ser regido por los principios democráticos.

Por ello, es necesario que el Estado venezolano cree un entorno realmente seguro y propicio para las mujeres defensoras de derechos humanos.

[1] CIDH, Informe sobre la Situación de las Defensoras y Defensores de los Derechos Humanos en las América, párr. 12.

[2] CIDH expresa su alarma ante intimidación en Venezuela contra personas que acuden al Sistema Interamericano de Derechos Humanos. http://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2015/032.asp

[3] Denuncian hostigamiento por parte del Gobierno contra defensores derechos humanos en Venezuela. https://www.youtube.com/watch?v=dfogvG0y8pY

[4] Primera Resolución adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, sobre las defensoras de los Derechos Humanos, aprobada el 18 de diciembre 2013.

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