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La protección de las mujeres venezolanas frente a las violencias de género

Frente a las recientes denuncias de abusos sexuales y violencia basada en género que las mujeres víctimas a través de sus testimonios han comenzado a visibilizar en Venezuela, cometidas por músicos, artistas, escritores y demás figuras públicas; desde el Centro de Justicia y Paz (Cepaz) consideramos relevante recordar que la violencia contra las mujeres es un asunto de derechos humanos, y en este sentido traer a colación los estándares internacionales en la materia y específicamente la observación número 35 del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW).

La recomendación de la CEDAW nos recuerda que la discriminación contra la mujer es una violación a sus derechos humanos e incluye las violencias por razones de género, definidas como “la violencia dirigida contra la mujer porque es mujer o que le afecta de forma desproporcionada”. En tal sentido que los actos de violencia y abuso cometido contra mujeres, niñas y adolescentes, tienen su origen en una sociedad patriarcal que discrimina y que mantiene a las mujeres en un entorno de desigualdad por razones de género.

La recomendación asimismo reconoce la indivisibilidad e interdependencia que existe entre el derecho a una vida libre de violencia por razón de género y otros derechos humanos, como la vida, la salud, la libertad, la seguridad de la persona, la igualdad, la protección contra la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes y la libertad de expresión, de circulación, de participación, de reunión y de asociación. Por tanto, cada vez que una mujer es vulnerada, a través de cualquiera de los tipos de violencia e indistintamente del perpetrador de la violencia, se socavan derechos fundamentales vinculados con la libertad, la dignidad e igualdad del ser humano.

A pesar de los avances que la CEDAW reconoce en la aprobación de leyes y políticas para abordar la violencia por razón de género contra la mujer, el Comité ha señalado con preocupación la forma deficiente en la que están siendo aplicadas las leyes, la alta tasa de impunidad y las escasas políticas públicas que mantienen en la generalidad de los países un alto nivel de violencia contra las mujeres.

En este contexto de persistencia de las violencias basadas en género en los distintos espacios y esferas de la interacción humana, la recomendación número 35 nos recuerda la obligación de los Estados de perseguir por todos los medios apropiados y sin dilaciones, una política que se encuentre encaminada a eliminar la discriminación contra la mujer y en especial las violencias basadas en género. Asimismo, enfatiza la responsabilidad del Estado por los actos u omisiones de sus órganos, agentes o funcionarios que constituyan violencia por razón de género.

Así pues, el Comité a través de la recomendación número 35 insiste en la adopción de medidas en la que (1) se conciba la participación de las mujeres, (2) se encuentre centrada en la víctimas y/o sus familiares como titulares de derechos humanos y (3) que se encuentren vinculadas con la esfera de prevención, protección, enjuiciamiento y castigo, reparación, recopilación y supervisión de datos y la cooperación internacional, con el fin de acelerar la eliminación de las violencias por razones de género contra la mujer.

A pesar del amplio desarrollo en el marco normativo internacional en materia de discriminación contra la mujer el Estado venezolano no cumple con las obligaciones internacionales en materia de género.

La vigencia de una ley para hacer frente a las violencias por razones de género no ha sido suficiente en Venezuela, cuando en la práctica las mujeres presentan múltiples limitaciones para acceder a la justicia, por lo que las víctimas no solo no encuentran una reparación frente al daño, sino que además esto conduce forzosamente al aumento de las tasas de impunidad. Por su parte el Estado no cumple con las obligaciones de protección y prevención en términos de garantizar el derecho a una vida libre de violencia de todas las mujeres, niñas y adolescentes en Venezuela, a través de centros de atención con personal preparado, líneas telefónicas disponibles, casas de abrigo, órdenes de protección efectivas, que permitan atacar y conducir a la eliminación de la violencia basada en género.

Las contundentes denuncias que hoy se visibilizan en Venezuela dan cuenta del limitado espacio que desde el pasado han tenido las niñas, las adolescentes y las mujeres para hacer valer sus derechos, y de un sistema que no ha generado la confianza para que las víctimas busquen protección, ya que en estos espacios suelen ser revictimizadas.

En este contexto, cabría acaso preguntarse ¿por qué las mujeres víctimas han utilizado las redes sociales para visibilizar sus testimonios y no han acudido al sistema de protección que debiera brindar el Estado?

Desde Cepaz condenamos que una de las principales razones por las cuales las mujeres no acuden al sistema de protección sea el incumplimiento de las obligaciones internacionales del Estado venezolano en materia de género. En tal sentido, esperamos que los testimonios y denuncias que hoy hacen las mujeres víctimas de abusos permitan visibilizar una situación que afecta a muchas, y que además permita finalmente iniciar un espacio de debate, que cuente con la participación de las mujeres, en la creación de políticas públicas que atiendan a una efectiva prevención de la violencia, protección de las víctimas y  a la reparación integral de las víctimas o familiares, que conduzcan a la eliminación de la violencia basada en género.

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