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El Fiscal de la Corte Penal Internacional, Karim Khan, se encuentra en Venezuela desde este domingo 31 de octubre, en una visita de tres días

Tal y como había sido anunciado, el Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI), Karim Khan, está realizando una visita en Venezuela por invitación del gobierno venezolano. Esta visita es parte de una misión a América Latina que inició este lunes 25 de octubre.

El Fiscal afirmó que durante su visita a Venezuela buscará escuchar y entablar relaciones de cooperación con el Estado venezolano. Para ello están pautadas reuniones con el gobierno de Nicolás Maduro para discutir asuntos de las dos situaciones de Venezuela en examen preliminar ante la Corte, denominadas Venezuela I y Venezuela II.

Las visitas de la fiscalía a Estados sujetos a examen preliminar son frecuentes y permiten a la Fiscalía obtener información de primera mano sobre la comisión de crímenes competencia de la Corte. Así como la existencia o no de juicios válidos. Estas visitas se hacen en virtud del principio de complementariedad y de la obligación de cooperación por parte de los Estados partes del Estatuto.

La visita ha generado gran atención a nivel nacional ya que las víctimas de los crímenes de lesa humanidad que serían investigados por la Corte y la sociedad civil han seguido de cerca el examen preliminar de la situación Venezuela I, que fue iniciado por la Fiscalía en el 2018. De hecho, las víctimas y sus representantes pueden seguir remitiendo información a la oficina de la Fiscalía sobre la comisión de crímenes de lesa humanidad ocurridos en Venezuela y objeto del examen preliminar realizado actualmente.

Aunque la Fiscal anterior Fatou Bensouda afirmó que había culminado la evaluación de las fases del examen, con el cambio de Fiscal quedó en manos de Karim Khan tomar la decisión final de si abrir o no una investigación. Debido a esto, durante los últimos meses el gobierno de Nicolás Maduro, como parte de una estrategia de apariencia de cooperación con la Fiscalía para impedir la apertura de una investigación, ha publicado información sobre supuestos avances en procesos penales para determinar la responsabilidad de los autores materiales en algunos casos que entrarían dentro de la competencia de la Corte. Sin embargo, estos avances no han cumplido con el estándar internacional dado que no se ha investigado a las cadenas de mando y se han imputado delitos menos graves que los perpetrados.

La decisión de la CPI respecto al caso colombiano no marca necesariamente un precedente para el caso venezolano

Antes de llegar a Venezuela, el Fiscal realizó una visita previa a Colombia en la cual anunció el cierre del examen preliminar de dicho país.

La situación en Colombia había estado bajo examen preliminar desde junio de 2004 y se centraba en los presuntos crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra cometidos en el contexto del conflicto armado entre las fuerzas gubernamentales, los grupos armados paramilitares y los grupos armados rebeldes.

Para concluir el examen preliminar, el 28 de octubre de 2021 el Fiscal Karim Khan concertó en Bogotá un Acuerdo de Cooperación con el Gobierno de Colombia, que resalta el compromiso de la Fiscalía con los procesos nacionales de rendición de cuentas en el país.

Según el comunicado de la Fiscalía, el Acuerdo reforzaría con mayor precisión los papeles mutuos que desempeñarán la Fiscalía y el Gobierno para garantizar el sostenimiento y el fortalecimiento de los notables avances registrados por entidades fiscales y judiciales internas, en particular por la Jurisdicción Especial para la Paz.

La Fiscalía de la CPI, hizo mención expresa al principio de complementariedad con base al cual fue firmado el acuerdo, afirmando que “al término de una evaluación exhaustiva, consta al Fiscal que la complementariedad funciona hoy en Colombia”, por lo cual encomió al “Gobierno de Colombia, así como a los tribunales ordinarios, los tribunales de la Ley de Justicia y Paz, la Jurisdicción Especial para la Paz, la sociedad civil y el pueblo de Colombia, por su resiliencia y determinación a efectos de exigir justicia y rendición de cuentas en su búsqueda de paz”.

El Fiscal consideró que debido a los avances registrados en Colombia, se determinó que “las autoridades nacionales de Colombia no se han mostrado inactivas” “ni han tenido falta de voluntad ni de capacidad para investigar y enjuiciar genuinamente los crímenes que entran en el ámbito del Estatuto de Roma”. Según la Fiscalía, la ausencia de un examen preliminar no debe ser entendida como que la Fiscalía vaya a interrumpir el contacto con Colombia ni su apoyo a los procesos en curso de rendición de cuentas, sino que supone el comienzo de un nuevo capítulo de apoyo y cooperación, ejemplo de complementariedad
positiva en acción.

Es importante, sin embargo, no ceder a la tentación de realizar comparaciones entre el examen preliminar del país vecino con el venezolano. Existen importantes diferencias entre ambos exámenes preliminar, tanto de tiempo como relacionado a los avances legales y jurídicos para que la jurisdicción nacional llevar a cabo juicios válidos. El examen preliminar en Colombia era el que había estado abierto por mayor tiempo en la Corte, con 17 años de duración. Aunado a esto, en Colombia fue creado el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición por el Acuerdo de Paz de 2016, el cual goza de rango constitucional en el derecho colombiano y, la Fiscalía concluyó que “existe un compromiso del Gobierno de Colombia con las diferentes pero interconectadas jurisdicciones que comprenden el sistema de justicia ordinario, el mecanismo de la Ley de Justicia y Paz y la Jurisdicción Especial para la Paz, y en particular con la salvaguarda del marco legislativo y de las asignaciones presupuestarias requeridas para su implementación”.

Debido a estas diferencias importantes mientras que el examen preliminar de Colombia concluye, las víctimas venezolanas de crímenes de lesa humanidad y las organizaciones de la sociedad civil se mantienen insistiendo en la necesidad de que el fiscal Karim Khan abra una investigación formal en la situación Venezuela I, toda vez que el Estado venezolano no ha mostrado indicios reales de cooperación con la fiscalía ni avances en la jurisdicción nacional que demuestren que los hechos ocurridos en el país no quedarán impunes.