Ilustración: Javier Suárez “Java”
El derecho a la vida constituye uno de los derechos más importantes ya que es la razón de ser de los demás. Sin este no tendría sentido garantizar la propiedad, la religión o la cultura. Es por ello que este derecho se ubica en la categoría de derechos civiles, y de primera generación, siendo reconocido en numerosos tratados internacionales: la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, la Convención sobre los Derechos del Niño, el Pacto de San José de Costa Rica, la Convención para la Sanción del Delito de Genocidio, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, y la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas y Degradantes.
La protección a la vida no solo trata de impedir la muerte de una persona, sino toda forma de maltrato que haga su vida indigna. Por lo tanto, el sistema internacional de justicia a lo largo de los años ha logrado tipificar aquellos crímenes que atentan contra este derecho, ubicándose entre ellos: el genocidio, la desaparición forzada de personas, la esclavitud, las torturas, y los malos tratos.