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La CIDH condena la persecución a personas por motivos políticos en el contexto preelectoral en Venezuela

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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el 14 de julio un comunicado en el cual condena la persecucíón política y «las restricciones al derecho a la participación política y a la libertad de asociación de las personas candidatas opositoras y de aquellas que protestan para exigir derechos en Venezuela».

En el documento, la CIDH exhorta al Estado venezolano a garantizar «el pluralismo en la dirección de los asuntos públicos, ya sea directamente o a través de representantes libremente elegidos, así como permitir el ejercicio de la protesta pacífica». Este pronunciamiento se produjo luego que el pasado 30 de junio de 2023, la Contraloría General de la República dio a conocer que la candidata opositora María Corina Machado fue inhabilitada por 15 años para ejercer cargos públicos, impidiendo así su participación en las venideras elecciones presidenciales pautadas para el año 2024.

Como ya hemos denunciado desde el Centro de Justicia y Paz (Cepaz), las inhabilitaciones a los líderes políticos de oposición  se constituyen en un patrón de persecución sistemáticamente ejercido por el gobierno desde al menos el año 2002, con la finalidad de acabar con el pluralismo político en Venezuela y así mantenerse indefinidamente en el poder, a través de elecciones carentes de autenticidad.

En este sentido, la CIDH recordó que en 2021, «en el marco de las elecciones de autoridades regionales y municipales, el Consejo Nacional Electoral rechazó 27 candidaturas debido a inhabilitaciones impuestas por la Contraloría General de la República. Dicha decisión impactó desproporcionadamente a los partidos políticos disidentes del gobierno, como es el caso del Partido Comunista de Venezuela, con 15 inhabilitaciones, y los partidos de oposición reunidos en la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), que recibieron al menos 3 inhabilitaciones».

Inhabilitaciones y otros patrones

Desde Cepaz hemos visibilizado que al patrón de las inhabilitaciones políticas, se suman otros patrones de persecución contra líderes políticos. Entre ellos, las detenciones arbitrarias, la apertura de procedimientos judiciales, la destitución de cargos públicos, los allanamientos irregulares a viviendas, los allanamientos a la inmunidad parlamentaria, las amenazas, los hostigamientos, la violencia y los ataques contra los familiares del liderazgo opositor con la finalidad de amedrentar a los posibles candidatos y hacerlos desistir de presentarse a los comicios.

Sobre estas inhabilitaciones, «la CIDH recuerda que el Estado de Venezuela fue condenado internacionalmente en el caso López Mendoza por este tipo de sanciones. Al respecto, reitera que ningún órgano administrativo puede restringir los derechos políticos a elegir y ser elegido a través de sanciones de inhabilidad o destitución. Conforme a estándares interamericanos, para consolidar y proteger un ordenamiento democrático respetuoso de los derechos humanos, este tipo de sanciones únicamente puede ser impuesta mediante una condena en el marco de un proceso penal».

A juicio de la CIDH, «las inhabilitaciones administrativas de personas candidatas opositoras y la detención arbitraria de sindicalistas no son hechos aislados, resultan de una política de Estado que busca cerrar el espacio cívico en el país». El comunicado concluye señalando que «es urgente que el Estado de Venezuela adopte un compromiso genuino con la democracia y el Estado de derecho, levantando las inhabilitaciones administrativas, absteniéndose de incurrir en detenciones arbitrarias y permitiendo la participación política en condiciones de igualdad».