Este miércoles 3 de noviembre, el Fiscal Karim Khan afirmó, en una declaración pública, que luego de su visita a Venezuela ha decidido concluir el examen preliminar de la situación denominada Venezuela I y determinó abrir una investigación formal para establecer la verdad sobre posibles crímenes de lesa humanidad que ocurrieron en el país. Estos hechos habían sido objeto de un examen preliminar desde el 2018.
El Fiscal comunicó también que había firmado un memorándum de entendimiento con el gobierno venezolano para poder asegurar la cooperación estatal en virtud del principio de complementariedad positiva. Expresó, asimismo, que es consciente de las fallas que existen en Venezuela y que trabajaran bajo los principios de legalidad y estado de derecho, de forma independiente.
También solicitó que se le de la oportunidad a la oficina de la Fiscalía a hacer su trabajo de forma independiente y llamó a que el trabajo de la Corte no sea politizado.
El pase a investigación da esperanza a las víctimas de los hechos de represión y persecución que han ocurrido en el país al menos desde el 2017 y permitirá a la fiscalía emplear sus recursos para obtener más pruebas de lo ocurrido. Durante esta fase, la Fiscalía podrá también determinar si existen motivos para formular cargos contra personas específicas que tengan responsabilidad individual en los crímenes de lesa humanidad bajo investigación.
Por su parte el Gobierno venezolano manifestó su desacuerdo con la decisión de que se inicie una investigación y afirmó que consideran que no se cumplen los requisitos del artículo 53(1) del Estatuto de Roma para justificar el paso de la fase de examen preliminar a la fase de investigación.
Si bien la firma del memorándum de entendimiento entre la Fiscalía de la CPI y el Gobierno venezolano manifiesta el apoyo a las reformas judiciales necesarias para que se lleven a cabo juicios válidos en virtud del principio de complementariedad, también evidencia que la Fiscalía considera que, hasta la fecha, el Gobierno venezolano no ha investigado debidamente los crímenes de lesa humanidad que ocurrieron en el país y por lo tanto la situación Venezuela I es admisible según el artículo 17 del Estatuto. Las organizaciones de la sociedad civil habían alertado que las decisiones tomadas en algunos casos emblemáticos para avanzar en los procesos penales a nivel nacional no satisfacían los estándares internacionales para la investigación y enjuiciamiento de crímenes de lesa humanidad, ya que no se imputaban delitos de gravedad suficiente y no se investigaba a las cadenas de mando.
Aun no han sido publicados los detalles a la apertura de la investigación tales como el marco temporal de los hechos y los delitos que serán investigados, para lo cual se deberá esperar a las próximas semanas.