Urge profundizar en los fenómenos asociados a los femicidios para elaborar políticas de prevención efectivas


Publicado por:
Publicado el: 25 de agosto de 2020

El pasado 21 de agosto se llevó a cabo un forochat sobre el femicidio, el Estado y la sociedad, organizado por El Pitazo, que contó con la participación de Carolina Godoy, abogada y coordinadora de género del Centro de Justicia y Paz (Cepaz) y de Jany Joplin González, coordinadora de defensa.

Al inicio de su intervención Godoy señaló que el delito de femicidio es la máxima expresión de la violencia contra las mujeres, que se encuentra tipificado en el artículo 57 del la Ley Orgánica del Derecho de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y cuya sanción contempla penas de 20 a 25 años de prisión.

Tipificaciones y agravantes

Indicó la especialista en violencia de género, que se considera odio o desprecio contra la condición de mujer cuando el femicidio ocurre en una de estas circunstancias: contextos de subordinacón y dominación basadas en género; cuando la víctima presenta signos de violencia sexual, lesiones o mutilaciones degradantes o infamantes previas o posteriores a su muerte; cuando el cadáver de la víctima haya sido expuesto o exhibido en un lugar público; o cuando el autor se haya aprovechado de las condiciones de riesgo o vulnerabilidad física o psicológica en la que se encontraba la mujer, o que se demuestre que hubo algún antecendete de violencia contra la mujer en cualquiera de las formas establecidas en dicha ley, denunciada o no por la víctima.

En la referida ley aparece tipificada también la modalidad agravada de femicidios, en aquellos casos en los que medie, o haya mediado entre el agresor y la víctima una relación conyugal, unión estable de hecho o una relación de afectividad, con o sin convivencia; o cuando haya mediado una relación laboral, académica, profesional o que implique confianza, subordinación o superioridad. También cuando el acto se haya cometido en menosprecio del cuerpo de la víctima, o para la satisfacción de instintos sexuales, y finalmente, cuando el acto se haya cometido en la trata de mujeres, niñas y adolescentes o en redes de delincuencia organizada.

Destacó Godoy que el femicidio deduce un conjunto de hechos violentos, impulsivos, misóginos, contra las mujeres, que no solo atentan contra su seguridad personal, sino que degeneran en su muerte.

¿Femicidio o feminicidio?

El femicidio y el feminicidio son dos conceptos que siguen siendo aún objeto de debate para su definición consensuada. El femicidio surge como alternativa al término neutro homicidio, para reconocer y visibilizar la discriminación, la opresión, la desigualdad y la violencia sistemática contra la mujer, que en su forma más extrema culmina en la muerte.

El femicidio aplica a todas las formas de asesinato sexista realizado por los hombres motivado por un sentido de tener derecho a ello, o de superioridad sobre las mujeres, mediante una relación de poder o subordinación con las mujeres, por placer, por deseos sádicos hacia ellas o por suposición de propiedad hacia las mujeres.

Mientras que el feminicidio se ha definido como el acto de matar a una mujer solo por el hecho de pertenecer al género femenino. A este término se le ha conferido un significado político, con el fin de denunciar la ausencia de respuesta del Estado y el incumplimiento de sus responsabilidades internacionales, es decir, la omisión, la inercia, el silencio o la inactividad para la prevención erradicación de los delitos. Los marcos normativos de la región utilizan indiscriminadamente ambos términos.

Datos impactantes

Cepaz contribuye con el registro de los femicidios en Venezuela ante la ausencia de las cifras oficiales. Aún en el año 2020 esta ausencia de estadísticas persiste, siendo la única fuente alternativa para monitorear la situación los hechos publicados por los medios digitales de comunicación, con el fin de visibilizar los acontecimientos y las características de cada uno de los femicidios ocurridos.

Indicó la coordinadora de género de Cepaz que, según señaló ONU Mujeres el confinamiento ha generado tensiones y estrés en el hogar, generando un peligro mortal para las mujeres, debido a las preocupaciones por la seguridad, la salud y el dinero.

Los primeros datos impactantes que arrojó el segundo monitoreo de femicidios publicado por Cepaz muestran que durante el segundo y tercer mes de la cuarentena hubo un femicidio cada 50 horas. Veinticuatro mujeres fueron víctimas de femicidio desde el 14 de abril al 13 de junio; 10 niños y niñas quedaron huérfanos; un niño de 4 años presenció el femicidio de su madre; el 62.5% de los casos sucedieron en el hogar, lugar que se supone debe ser el más seguro; una niña de 10 años fue repetidamente acuchillada y presentó como signos de violencia lesiones genitales y paragenitales; en el 33,4% de los casos la victimas estaba en edades comprendidas entre 19 y 21 años, y 20.8% de las víctimas estaban en edades comprendidas entre 60 a 71 años; el 25% de las mujeres eran madres; el 4,16% estaban embarazadas, y en 41,7% de los casos las mujeres mueren por heridas de bala.

Fenómenos asociados

En su monitoreo de femicidios, Cepaz no se ha conformado con el registro de cifras únicamente, sino que  ha puesto el foco en los fenómenos asociados a las muertes violentas de mujeres. Como es el caso de los huérfanos y la invisibilización de los mismos para el Estado.

Otro aspecto resaltante es el incremento de 2,4% a 20.8% de casos de víctimas adultas mayores. También los casos que permiten la inferencia del móvil de venganza, esto es aquellos que están relacionados a grupos delincuenciales. Lo que no quiere decir que la mujer era delincuente, sino que se utilizó su muerte como venganza entre bandas organizadas. También el caso de la presencia de armas de fuego, que fueron utilizadas en el 41% de los casos, requiere de un examen de las políticas de armas cortas en nuestro país y su ausencia de perspectiva de género.

Un femicidio cada tres días

Cada tres días ocurre un femicidio en Venezuela. En el mes de julio hubo 21 femicidios. En cerca del 61% de los casos el femicida se encuentra en fuga. Durante la cuarentena han ocurrido en total 90 femicidios y desde enero hasta julio se registran 149 casos.

La última medición que realizó la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) de cifras oficiales en Venezuela, en el 2016, señala que la tasa de femicidios era de 0,8 por cada 100 mil mujeres.

Según la directora ejecutiva de ONU Mujeres, en este momento, en el que 90 países están en situación de confinamiento, 4 mil millones de personas se refugian en sus casas ante el contagio de COVID-19. Se trata de una medida de protección que conlleva otro peligro mortal, pues el confinamiento aviva el estrés relacionado con las tensiones generadas por la seguridad, la salud y el dinero, refuerza el aislamiento de las mujeres que tienen compañeros violentos separándolas de las personas y los recursos que mejor pueden ayudarlas. Es la situación perfecta para ejercer un comportamiento controlador y violento en el hogar.

Modalidades del femicidio

Jany Joplin González mencionó las diversas modalidades delictivas del femicidio: el íntimo, que es la muerte de una mujer cometida por un hombre con quien la víctima tenía o una relación o un vínculo íntimo; no íntimo, es la muerte de una mujer cometida por un hombre desconocido con el que la víctima no tenía ningún tipo de relación; infantil, en los casos de asesinato de una niña menor de 14 años cometido por un hombre en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder, que le otorga si situación adulta sobre la minoría de edad de la niña; familiar, es la muerte de una mujer en el contexto de una relación de parentesco entre la víctima y el victimario, consanguinidad, afinidad o adopción; por conexión, que hace referencia al caso de la muerte de una mujer en la línea de fuego por parte de un hombre en el mismo lugar en el que mata o intenta matar a otra mujer; sexual sistemático, es la muerte de mujeres que son previamente secuestradas, torturadas y/o violadas.

Deberes incumplidos del Estado

Los sistemas internacionales y regionales han enfatizado que las fallas del Estado a la hora de actuar con debida diligencia para proteger a las mujeres de la violencia es una forma de discriminación, y de negación de los derechos de las mujeres a igual protección de la ley, aseveró la coordinadora de defensa.

Los estándares del derecho internacional de los derechos humanos coinciden en afirmar que la prevención comprende la organización de toda la estructura estatal, incluido el marco legislativo, las políticas públicas, los órganos encargados de implementar la ley, por ejemplo las fuerzas de seguridad, el sistema judicial, para responder de forma adecuada y efectiva a las situaciones de violencia contra las mujeres; en particular en el contexto de prácticas extendidas y estructurales de violencia de género.

El diseño de planes de acción, políticas de prevención y detección temprana y abordaje integral es de radical importancia, su ausencia o falta de eficacia resulta discriminatoria y envía un mensaje de tolerancia estatal al fenómeno, que no hace sino perpetuar los factores psicológicos, sociales e históricos que mantienen y alimentan la violencia contra la mujer.

Recomendaciones del Mesecvi

Entre los deberes de prevención del Estado se incluye el contar con estadísticas y sistemas de información que permitan diagnósticos certeros sobre la prevalencia estadística de la violencia contra las mujeres.

El Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (Mesecvi) recomendó a los Estados  parte contar con bancos de datos, investigaciones y estadísticas que permitan conocer la magnitud del femicidio en sus países. Esta obligación de contar con estadísticas de femicidios por parte del Estado no se cumple en Venezuela.

Entre las recomendaciones que hace el Mesecvi se establecen: fortalecer la legislación existente, con respecto a la autonomía de las mujeres, sus derechos y libertades de manera que las mujeres que viven situaciones de violencia o son amenazadas puedan encontrar formas efectivas para salir de dichas relaciones y proteger sus vidas; garantizar mayor y mejor acceso de las mujeres a la justicia, mejorando el sistema de investigación criminal y protección a las mujeres afectadas por violencia, incluso las pericias forenses y el procedimiento para eliminar la impunidad de los agresores; así como sancionar adecuadamente a los funcionarios y funcionarias que no emplearon la debida diligencia en esos procedimientos; contar con bases de datos, investigaciones y estadísticas para conocer la magnitud de la problemática en sus países; instar a los medios de comunicación para la adopción de los códigos especiales de los femicidios, promoviendo el respeto a la víctima, protegiendo su integridad y evitando la difusión de detalles morbosos, estereotipos sexistas o descalificadores y que cumplan el rol de educación ética ciudadana, de promover la igualdad de género y contribuir a la erradicación de la violencia contra la mujer.

Comprensión de los fenómenos asociados a los femicidios

Reiteró González que no es solamente la formulación de las estadísticas, importantes y necesarias para dimensionar el problema y para elaborar políticas públicas, sino que conocer el quién, el dónde, el cuándo y el cómo da un sentido diferente a los femicidios, y profundiza la comprensión de los fenómenos asociados a la violencia de género. Sugirió que se pudiera profundizar en redes de profesionales que trabajan en los medios para intercambiar información y hacerla pública, reflexionando sobre las prácticas informativas que construyen discursos a partir de valores internalizados.

Ante las circunstancias que vive Venezuela, como las condiciones económicas, la deficiencia y ausencia de los materiales básicos como el tóner y las hojas para el proceso de las denuncias, se complica la mejoría del sistema judicial, lo que impide ser asertivo para aplicar sanciones o hacer incluso la recepción de la denuncia. Una de las recomendaciones de la especialista en derechos de la mujer es la formación de los funcionarios en el área de género para ofrecer una mejor respuesta a las víctimas, basadas en las normas y no en nuestra idiosincrasia. Hace falta una política pública macro que garantice la efectividad del servicio ofrecido a las víctimas.

Paralegales Naranja

Indicó que Cepaz ha formado y empoderado a las mujeres de la comunidad de La Dolorita, preparando a las paralegales naranjas, mujeres de la comunidad que dan acompañamiento a sus familiares, vecinas y amigas que están viviendo algún tipo de violencia. Además de la alianza entre Cepaz,  la Fundación para la Prevención de la Violencia Doméstica hacia la Mujer (Fundamujer) y el Centro de Estudios de la Mujer de la Universidad Central de Venezuela (CEM-UCV), que ofrece un servicio para que las víctimas puedan llamar y solicitar asistencia psicolegal  y primeros auxilios en la ruta de denuncia de hechos de violencia.

Pandemia y violencia de género

La violencia contra las mujeres ha aumentado durante la pandemia porque al momento de dictar las medidas para el control de la población no se manejó la perspectiva de género. No se pensó desde el estamento del Estado con visión de género. En Venzuela no hay ni un refugio activo para mujeres víctimas y las medidas de confinamiento se dictaron haciendo abstracción absoluta de las necesidades de las mujeres y tampoco se involucra a expertas en el área, afirmó Godoy.

Camino hacia la justicia

Para Jany Joplin González es importante tender puentes entre las mujeres de base que se están formando para la defensa de sus derechos y las personas que imparten justicia, para construir un camino hacia a la justicia más expedito. Son ellas las que pueden indicar con certeza cómo ha sido la atención que han recibido de los funcionarios, cuál es su visión del proceso de denuncia y cómo podría mejorarse.

Es necesario escuchar a las víctimas para que una política de prevención sea realmente efectiva, ellas tienen claro lo que están viviendo y qué ha resultado no no efectivo en sus casos, que  tratamiento han recibido de los funcionarios y funcionarias que han atendido sus denuncias, ñlas mujeres nos sonúvconsultadas para la creación de políticas pí blicas, nitampoco las organizaciones ue ofrecen acompañamiento y ayuda a las víctimas, que permitan la asertividad en las ayudas y las atenciones, es un trabajo pendiente por parte del Estado.

Consideraciones finales

Sobre el aumento de femicidios de mujeres de la tercera edad, Carolina Godoy aclaró que este incremento no solamente se debe a las medidas de aislamiento, no son casos únicamente de femicidios íntimos o familiares, sino que se encontraron casos de venganzas, como la muerte violenta de la madre de un funcionario policial. Esto indica que desde el Estado no se están dictando políticas para la prevención en general de todo el ciclo de violencia contra las mujeres, cuya máxima expresión es el femicidio.

El Estado es el principal responsable de la protección de los derechos humanos de la población, de garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y tiene también la responsabilidad de promover políticas públicas con perspectiva de género.

Insistió Jany González que la mujer debe dejar de ser vista como un objeto, para pasar a ser vista como un sujeto de derecho, con las mismas oportunidades. Esto requiere de mucha formación. Si no exigimos desde la sociedad civil que el Estado atienda la problemátca creciente de femicidios, y utilizamos las herramientas que tenemos a mano: documentar, denunciar y difundir, no vamos a tener una solución acorde a nuestras necesidades. Es fundamental exigir que en las investigaciones penales de femicidios se apliquen y se cumplan los estándares internacionales, para que cese la impunidad y se elaboren políticas públicas de prevención coherentes y efectivas.


Comentarios


Deja una respuesta