¿Qué pasó esta semana en la investigación de Venezuela en la CPI?


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Publicado el: 21 de enero de 2022

El pasado 16 de enero se venció el plazo para que las autoridades venezolanas demostraran que están llevando a cabo procedimientos internos válidos sobre los crímenes de lesa humanidad ocurridos en el país. Sin embargo, el Estado no envió la información necesaria antes de la fecha.

Es por esto que el Fiscal de la Corte Penal Internacional, Karim Khan, decidió concederles una prórroga de 3 meses, hasta el 16 de abril de 2022, para que envíen la información solicitada. Esta prórroga debe ser aprobada por la Sala de Cuestiones Preliminares. El Fiscal argumentó que consideraba que la prórroga era apropiada debido a varias circunstancias, a saber, el suministro de información adicional, los intentos infructuosos de la Fiscalía de reunirse en persona con las autoridades venezolanas para discutir asuntos procesales relevantes, el receso de la Corte, así como los desafíos actuales provocados por la pandemia mundial.

De ser aprobada, el Estado tendrá hasta esa fecha para solicitar al Fiscal que aplique el articulo 18 del Estatuto de Roma y probar que los procesos judiciales que se llevan en Venezuela sobre los casos que serian investigados por la CPI son válidos, incluyendo que se esté investigando a las cadenas de mando.

De no poder probar la validez de dichos procesos, el Fiscal continuará con su investigación. Si la Sala aprueba el otorgamiento de esta prórroga y se aplica el procedimiento del artículo 18(2), el Fiscal se inhibirá de su competencia en favor del Estado, solo con respecto a las personas que estén siendo investigadas por las autoridades nacionales, y continuará evaluando el progreso de dichos procesos nacionales.

Esta prórroga del Fiscal de la CPI se hace en el marco del principio de complementariedad que es transversal a toda la investigación, y de acuerdo al cual la Corte solo puede actuar cuando el Estado no puede o no esta dispuesto a juzgar a los responsables de los crímenes del Estatuto de Roma.


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