En un comunicado dado a conocer el pasado 6 de marzo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE), expresaron su preocupación por la aprobación en primera discusión del proyecto de «Ley de fiscalización, regularización, actuación y financiamiento de las organizaciones no gubernamentales y afines». Este instrumento legal ha sido denominado por la sociedad civil venezolana como Ley Antisociedad, debido a que su aplicación limitaría aún más el derecho de asociación, la participación ciudadana y la defensa de los derechos humanos en el país.
La CIDH y la RELE hicieron un llamado al Estado venezolano «a no ratificar esta iniciativa y a garantizar la libertad de asociación de las organizaciones de la sociedad civil». Este anteproyecto de Ley fue aprobado en primera discusión el pasado 24 de enero en el seno de la Asamblea Nacional. Según el comunicado, «el proyecto de ley, además de acotar las actividades que pueden ser desarrolladas por las organizaciones, otorga a las autoridades del Estado la facultad de disolver unilateralmente aquellas que participen, en su criterio, de actividades políticas o que atenten contra la estabilidad nacional y las instituciones de la República».
Ambas instancias hicieron mención a las «referencias estigmatizantes» dirigidas hacia 62 organizaciones de la sociedad civil durante la discusión de la normativa legal. Se les calificó de «enemigas», «traidoras de la patria» y también se les acusó de ser «fachadas de partidos».
Anteriores restricciones de las libertades expresión, asociación y participación en los asuntos de interés público fueron promovidas por el Estado venezolano. Como por ejemplo, la Ley de Cooperación Internacional y las Providencia Administrativa Nros. 001 y 0002. «En Venezuela existe un entorno hostil contra las organizaciones defensoras de los derechos humanos, en el que predominan las campañas de desprestigio, estigmatización y actos de hostigamiento como consecuencia de sus actividades de defensa», agrega el comunicado.
Llamado al Estado venezolano
Tanto la CIDH como la RELE ratificaron que «la libertad de asociación es una herramienta fundamental para ejercer de forma plena y cabal la labor de las y los defensores de derechos humanos. Por lo tanto, es necesario que los Estados cuenten con organismos competentes para su registro sin limitar arbitraria y desproporcionadamente dicha libertad. Si bien la obligación de garantizar el derecho de asociación no impide reglamentar la inscripción, vigilancia y control de organizaciones dentro de sus jurisdicciones, debe asegurarse que los requisitos legales no impidan, retrasen o limiten la creación o funcionamiento de estas organizaciones».
Agregaron que «ello implica que la información solicitada a las organizaciones no debe exceder los límites de confidencialidad que estas requieren para su accionar. El proceso debe ser rápido y sencillo, exigiendo solamente los documentos necesarios para obtener la información adecuada. La reglamentación sobre el registro y funcionamiento de las asociaciones no debe tener un lenguaje vago o ambiguo que genere el riesgo de que la norma sea interpretada para limitar el ejercicio del derecho de asociación o posibilitar un amplio margen de discrecionalidad al ente regulador»
La CIDH y la RELE instaron a Venezuela para que se abstenga de aprobar estas y otras legislaciones o reglamentaciones que puedan limitar de manera arbitraria «el derecho de asociación, la libertad de expresión y la participación en asuntos de interés públicos. Al mismo tiempo, urgen al Estado a adoptar medidas dirigidas a reconstruir la democracia y el Estado de Derecho».
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