Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

Carta abierta al presidente Gustavo Petro: Aprobación de Ley contra las ONG aumentará dramáticamente solicitudes de asilo político y refugio en Colombia

(Caracas, 16 de febrero de 2022). En primer lugar, reciba nuestros mejores deseos de éxitos en su gestión. Las aspiraciones de paz, más y mejor democracia, así como de plena vigencia de los derechos humanos para todos los colombianos y colombianas son también nuestras. Cualquier paso en esa dirección contará con el apoyo y el aplauso de las diferentes organizaciones sociales y comunitarias que hacemos vida en Venezuela y en otros países de la región.

El motivo de la presente comunicación es expresarle nuestra preocupación por la posible aprobación del “proyecto de Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales y Afines”, presentado el pasado 24 de enero de 2023 en la Asamblea Nacional y aprobado en primera discusión sin que hasta el momento el documento sea de acceso público, violando lo determinado por la Constitución venezolana para la formación de leyes. En la presentación realizada en el Parlamento por el diputado Diosdado Cabello, se estigmatizó y criminalizó de forma generalizada a las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) y se señaló la existencia de una lista preliminar de 62 ONG, señaladas como “fachadas de partidos”, “enemigas” y “traidoras a la patria”, mencionando sólo algunas, entre ellas al Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea), una organización con 34 años de trabajo en el país.

En una versión obtenida de manera extraoficial, ya que el proyecto no se encuentra accesible en los sitios web oficiales, se constatan diferentes disposiciones violatorias del derecho de libertad de asociación y reunión: Se declara la “inexistencia” no solo de las ONG, sino también de casi todas las formas previas de asociación sin fines de lucro, sometiéndolas a un nuevo régimen jurídico, para el cual se deben cumplir una serie de requisitos desproporcionados y que no tienen un objetivo legítimo. El proyecto contiene muchas disposiciones con términos vagos e imprecisos, que pueden ser interpretados discrecionalmente por las autoridades. Se establece un régimen de sanciones desproporcionadas que comprenden suspensión o disolución de oficio y multas confiscatorias, además de responsabilidades civiles y penales por delitos de legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo. El patrón de uso de una normativa para colocar al margen de la legalidad a las organizaciones críticas e independientes ha sido utilizado en otros contextos autoritarios de la región.

Queremos alertar que la aprobación de esta iniciativa legal significará la suspensión del derecho de libre asociación y reunión en Venezuela, cuyos principales afectados serán las personas que reciben gratuitamente la asistencia y acompañamiento en la defensa de sus derechos vulnerados, así como ayuda humanitaria en todo el país. La ilegalización de las organizaciones, por otra parte, obligará a sus integrantes a salir de manera forzada del país como ha sucedido recientemente en Nicaragua. Además, sus centenares de beneficiarios dejarán de contar con el apoyo humanitario que han venido recibiendo. Ambas situaciones incrementarán en números significativos las solicitudes de asilo y refugio en los países vecinos de acogida. Asimismo, debilitará de manera irreversible la democracia.

Dada la influencia que tiene su gobierno sobre las autoridades venezolanas, agradecemos cualquier gestión de su parte para que:

  • Se desestime el proceso en curso de aprobación del proyecto de ley, incluyendo su reforma o cualquier otra norma legal en la agenda legislativa que vaya en similar sentido, alentando a que, por el contrario, conforme a la Constitución venezolana y los tratados internacionales de derechos humanos suscritos por el Estado venezolano, se reconozca y facilite el derecho a la libre constitución, funcionamiento, actuación y formalización de la personalidad jurídica de todas las formas de asociación sin fines de lucro, de acuerdo con las disposiciones vigentes del Código Civil y los estándares internacionales del derecho a la libertad de asociación.
  • Se respeten los límites de los Estados en tratados internacionales de derechos humanos para establecer normas que afecten el derecho a la libertad de asociación y los estándares de un entorno libre y seguro del espacio cívico, garantizando sus contenidos esenciales de libertad y la autonomía, de las personas a asociarse, de las asociaciones a llevar adelante sus fines y de la sociedad a contar con asociaciones para participar en las cuestiones que la afectan, sin previa autorización, requisitos restrictivos o intervenciones abusivas ni infundadas de denegación o suspensión del derecho, no admisibles en sociedades libres y democráticas, invocando indebidamente razones de interés público, como la seguridad nacional o la soberanía.

Su gobierno es heredero de la movilización y organización de miles de colombianos y colombianas que desean dejar atrás el conflicto y construir un país de oportunidades y derechos sin discriminación de ningún tipo. Esos mismos principios son los que deseamos para nuestro país y que motivan el trabajo cotidiano de las organizaciones, iniciativas y activistas que suscribimos la presente comunicación.

Dándole gracias por su atención a la presente, nos despedimos cordialmente:

Organizaciones:

1) A.C. Centro de Animación Juvenil; 2) A.C. Escuela de Cine y Televisión; 3) AC Anzoátegui Sin VIH y SIDA;  3) AC Ciudadanía Con Compromiso; 4) AC Comunidad En Movimiento; 5) AC Creando País; 6) AC Instituto Mead de Venezuela; 7) AC Las Carolinas 8) AC Luna Nueva; 9) AC Sembrando Empatía; 10) Acceso a la Justicia; 11) Acción Solidaria; 12) AlertaVenezuela; 13) Alianza Americas; 14) Alianza de Familiares de Víctimas en Venezuela (Alfavic-Vzla); 15) Asociación Civil Ecológica y Social Chunikai; 16) Asociación Civil Justicia y Paz OP Venezuela; 17) Asociación Civil Núcleo Geografía Viva; 18) Asociación Venezolanos en el Chocó (Colombia); 19) Asociación de Venezolanos en Sincelejo, Venesincel (Colombia); 20) Aula Abierta; 21) Centro para la Apertura y el Desarrollo de América Latina, CADAL (Argentina); 22) Caleidoscopio Humano; 23) Cátedra de Derechos Humanos de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado; 24) Centro para los Defensores y la Justicia (CDJ); 25) Centro de Justicia y Paz, Cepaz; 26) Civilis Derechos Humanos; 27) Coalición por Venezuela; 28) Colegio de Médicos Monagas; 29) Comisión contra la violencia de Género Universidad de Los Andes; 30) Comisión de Justicia y Paz; 31) Comisión Nacional de DDHH de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela del estado Táchira; 32) Comisión Nacional de Derechos Humanos de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela del estado Lara; 33) Comité de DDHH San Pedro; 34) Corporación Agencia Cultural 7-80; 35) Educación y Psicología S.A. y  EVARCA; 36) En Red Andamos; 37) Epikeia Derechos Humanos; 38) Equipo Animadores Comunitarios; 39) Foro Penal; 40) Funcamama; 41) Fundación Abraes; 42) Fundación Agua Sin Fronteras; 43) Fundación Aguaclara; 44) Fundación Ciudadanía y Desarrollo; 45) Fundación de Emprendimiento Juvenil (FEJ); 46) Fundación Emprendedores Solidarios; 47) Fundación Juan Germán Roscio-Trujillo; 48) Fundación Nakama’s (Colombia); 49) Fundación Patricio Aylwin (Chile); 50) Fundapdmotriz; 51) Fundaval; 52) Fundación para la Integración Musical de Colombia,  Fundimusicol (Colombia); 53) Gente del Deporte; 54) Hearts On Venezuela; 55) Fundación de derechos humanos del estado Sucre, Incide; 56) Instituto Venezolano de Estudios Sociales y Políticos, Invesp; 57) Ipys Venezuela; 58) Fundación Linda Loaiza; 59) Movimiento Ecológico Social, M.E.S; 60) Movimiento San Isidro (Cuba); 61) Laboratorio de Paz; 62) Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes; 63) Observatorio de Derechos Humanos del Centro de Animación Juvenil; 64) Observatorio de Venezuela de la Universidad del Rosario (Colombia); 65) Observatorio Global de Comunicación y Democracia (OGCD); 66) Observatorio Venezolano de Conflictividad Social (OVCS); 67) Observatorio Venezolano de Prisiones; 68) OC Brisas del Guacarapo; 69) OC La Choza del Espíritu Santo; 70) OC Las Brisas Orinoco 1; 71) OC Las Vírgenes; 72) OC Libertador; 73) Odevida, Capítulo Venezuela; 74) Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos, WOLA (EEUU); 75) Padres Organizados de Venezuela; 76) Prodehu; 77) Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos, Provea; 78) Promoción, Educación y Defensa en Derechos Humanos en Mérida, Promedehum; 79) Red Comunitaria de Derechos y Ciudadanía; 80) Red por los Derechos al Agua y Saneamiento del Estado Aragua, DASA; 81) Red de Derechos humanos del estado Lara; 82) Robert F. Kennedy Human Rights (EEUU); 83) SenosAyuda A.C.; 84) Sinergia Ciudadana Venezuela; 85) Sinergia: Red Venezolana de Organizaciones de Sociedad Civil; 86) Sociedad Hominis Iura (SOHI); 87) SUMATE; 88) Un Mundo Sin Mordaza; 89) Unión Vecinal para la Participación Ciudadana; 90) Venezolanos en Barranquilla (Colombia); 91) Voto Joven; 92) Zona de Descarga; 93) Labo Ciudadano.

Personas:

1) Abilio Lopez; 2) Adelba Taffin; 3) Adelfa Malpica Dommar; 4) Alberto Barrera Tyszka; 5) Alberto Centeno; 6) Alejandro Alvarez; 7) Alfonso Maldonado; 8) Ana Henríquez; 9) Ana María Diez; 10) Anabel Rodríguez Ríos; 11) Andrés Hoyos; 12) Ángel Zambrano Cobo; 13) Anyely Vasquez; 14) Arelis Rondón; 15) Beatriz Borges; 16) Beatriz Coronado; 17) Beatriz Lara; 18) Beatriz Vento; 19) Beatriz Zapata; 20) Caracciolo Espinoza; 21) Caridad Rondón; 22) Carlos Alberto Moreno Torres; 23) Carlos Espinoza; 24) Carmen Azocar; 25) Carmen Hernández; 26) Carmen Lander; 27) Clemente Hernández Peña; 28) Daniel Cooper Bermúdez; 29) David Gómez Gamboa; 30) Deborah Van Berkel; 31) Delly Salazar Hoffmann; 32) Desiree Vivenes; 33) Diego Ponce de Leon; 34) Diosmary Hernandez Ponce; 35) Douglas Gómez; 36) Edith Bejarano; 37) Eduardo Ortiz; 38) Eduardo Soto S.J; 39) Elismenia Blanco; 39) Elsy Contreras; 40) Ennio Ortíz; 41) Feliciano Reyna; 42) Fernando M. Fernández; 43) Francine Jacome; 44) Francisco Briceño; 45) Francisco Franco; 46) Gabriel Salvia; 47) Gabriela Buada Blondell; 48) Geoff Ramsey; 49) Gonzalo González; 50) Gonzalo Himiob Santomé; 51) Héctor Gatica; 52) Hector Vanolli; 53) Helena Olea; 54) Henry Alvarez; 55) Holaya Peña; 56) Hugo Febres; 57) Humberto Prado; 58) Iraida Marelise Salazar Castillo; 59) Iraida Tapias; 60) Irene Petkoff; 61) Isabel C. Roby; 62) Iván Zambrano Bencomo; 63) Ivis Briceño; 64) Jeanette Bastidas Hernández; 65) Jenny Campos; 66) Jesús Castillo; 67) Jesus Miguel Herrera Curiel; 68) Jesús Miguel Herrera Curiel; 69) Jimmy Perez; 70) Jo Delia; 71) Jogreg Henriquez Aellos; 72) Jorge Padrón; 73) José Emilio Salas Monsalve; 74) José Pernalete; 75) Josué Barrios; 76) Juan Escobar; 77) Juan Sosa; 78) Julio Alexander Parra; 79) Karina Terán; 80) Keymer Ávila; 81) Laura Louza; 82) Leonardo Argüello; 83) Leonardo Pachano; 84) Lexys Rendón; 85) Ligia Bolívar; 86) Linda Loaiza; 87) Luisa Rodríguez Táriba; 88) Magda Ferrer; 89) Maikol Castañeda; 90) Manuel Guevara; 91) Marco Antonio Ponce; 92) Marcos Moreno Briceño; 93) Margarita López Maya; 94) María Cristina Capriles; 95) María Eugenia Gil-Beroes; 96) María F. Capecchi; 97) María Fernanda Mujica Ricardo; 98) María Zambrano; 99) Mariana Aylwin; 100) Marie Francoise Roche; 101) Marilda Vera Hernandez; 102) Marlene Rodríguez; 103) Marta de la Vega; 104) Mauricio Alarcón Salvador; 105) Maurizio Liberatoscioli; 106) Mayda Hocevar; 107) Miguel Ángel Espinoza S.; 108) Nancy Cardozo; 109) Nelson Freitez; 110) Nelson Rivas; 111) Olga Herrera; 112) Olga Villasmil; 113) Omar Carrero N; 114) Oscar Murillo; 115) Oscarina Machado; 116) Oswaldo Rodriguez; 117) Pablo Abraham; 118) Pedro Rivas; 119) Pilin León; 120) Rafael Godoy; 121) Raiza Ramirez Pino; 122) Rafael Uzcátegui; 123) Ramón González Uzcátegui; 124) Raúl Cubas; 125) Rigoberto Lobo Puentes; 126) Ronal Rodríguez; 127) Rogmy Armas; 128) Rosabel Ordosgoite; 129) Rosemary Camperos Díaz; 130) Solveig Hoogesteijn; 131) Sonia Hecker de Torres; 132) Tamara Adrián; 133) Thaelman Urgelles; 134) Tibisay Bolívar; 135) Tibisay Pardo Reyes; 136) Tulio Ramón Bastidas Viloria; 137) Valeria Abreu; 138) Verónica Zubillaga; 139) Viviana López Larralde; 140) Wanda Cedeño; 141) Wilfredo Alvarez Cárdenas; 142) Wilfredo Paez Gallardo; 143) William Requejo Orobio; 144) Yajsira Gonzalez; 145) Yenisleidys Borroto, Afrik3Reina; 146) Yoleida Salazar; 147) Yoyi Ana Ahumada.

Más noticias