CPI

Reanudación de la investigación de la CPI abre un camino de esperanza para las víctimas


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Publicado el: 04 de marzo de 2024

Para Calixto Ávila, abogado e investigador especialista en derechos humanos de Provea, la sentencia de la Sala de Apelaciones de la Corte Penal Internacional (CPI), dada a conocer el pasado 1° de marzo, es un hecho de especial importancia en la lucha contra la impunidad por las graves violaciones de derechos humanos que ocurren en Venezuela. Así lo señaló en un X Space, organizado por la plataforma Justicia y Verdad, y moderado por el periodista Luis Carlos Díaz.

Explicó el investigador de Provea que la sentencia es definitiva, debido a la unanimidad de la decisión y a que fueron desestimados los seis motivos esgrimidos por el Estado venezolano en la apelación. A partir de esta fecha las investigaciones de la Fiscalía de la CPI siguen su curso. Aunque no existe un plazo establecido para que concluyan, «si se puede esperar que se establezcan los presuntos responsables de los crímenes que está investigando la CPI y que estas personas puedan ser objeto de órdenes de comparecencia, o de órdenes de arresto emitidas por los jueces», recalcó Ávila.

Principio de complementariedad

Por su parte Michelle Reyes, abogada de Human Rights Watch (HRW), agregó que la decisión confirma lo que ya se había establecido en la Sentencia de la Sala de Cuestiones Preliminares I, del 27 de junio del año 2023.  En ese dictamen, la Sala concluyó que «si bien Venezuela está tomando algunas medidas de investigación, sus procesos penales internos no reflejan suficientemente el alcance de la investigación prevista por la Fiscalía». La Sala consideró determinante para tomar esta decisión que «aparentemente Venezuela no está investigando las alegaciones de hecho que subyacen a los elementos contextuales de los crímenes de lesa humanidad». Además, el enfoque de las investigaciones internas parece estar en los perpetradores directos y/o de menor nivel.

Indicó Reyes que el gobierno venezolano había solicitado que la investigación fuese devuelta a su propia jurisdicción, pero las juezas y los jueces de la Sala de Apelaciones «consideraron que no se había presentado la evidencia suficiente para poder devolverle esa investigación a Venezuela». Para la abogada de HRW esta decisión abre un camino de esperanza para las víctimas, quienes no han podido encontrar una respuesta judicial en el propio ordenamiento legal interno.

Reyes aclaró cómo se materializa el principio de complementariedad, el cual supone «no solamente abrir unos cuantos casos dentro del ordenamiento interno, sino que estos realmente tienen que responder a lo que estaría investigando la Corte en cuanto a jerarquía de posibles sospechosos y sobre la caracterización jurídica de los posibles casos que estaría investigando la Fiscalía. Se refiere a tener resultados concretos y tangibles que puedan reunir esos elementos que la fiscalía de la Corte Penal Internacional está buscando». Insistió Reyes en que «no se trata solamente de promesas de que se van a llevar a cabo ciertas investigaciones», sino que se debe demostrar que realmente las mismas se están desarrollando.

El Estado venezolano no tiene más recursos para detener la investigación

Luis Carlos Díaz consultó si el Estado venezolano puede emplear otras medidas para poner más tropiezos a la investigación. Al respecto, Valentina Ballesta, directora adjunta de investigación para las Américas de Amnistía Internacional, indicó que con la sentencia de la Sala de Apelaciones del 1° de marzo «se confirma que Venezuela no tiene más recursos para seguir deteniendo y dilatando la investigación de la CPI. Lo que nos da la decisión de hoy es una certeza de que el proceso ahora va a avanzar. No sabemos cuánto exactamente va demorar, porque no hay un límite de tiempo particular establecido en el Estatuto de Roma, pero sí sabemos que ya se le acaban a Venezuela los recursos para tratar de detener la investigación».

Papel de la sociedad civil venezolana

La sociedad civil venezolana ha sido clave para este avance en la situación de Venezuela en la CPI. Así lo aseguró Laura Dib, directora para Venezuela de la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA). «De no ser por el trabajo de la sociedad civil no se habría llegado a la Corte Penal Internacional. Tampoco se habría constituido una Misión independiente de determinación de los hechos en el Consejo de Derechos Humanos y no se hubiese logrado visibilizar la persecución» que existe en Venezuela contra las personas consideradas opositoras al gobierno, o percibidas como tales, y que se acentúa en contextos electorales. 

Para Dib el rol de la sociedad civil en este momento «es por un lado poder llevar esta información que puede parecer lejana y compleja a toda la población venezolana. Poder traducir qué significa esta investigación y por qué es importante para las víctimas. Así como seguir trabajando en la transformación del conflicto político y presionando para que haya democracia en Venezuela, como un prerrequisito para la garantía de los derechos humanos. Y por otro lado, seguir insistiendo en que las víctimas merecen y tienen el derecho a la justicia, a la verdad, a la reparación y a las garantías de no repetición».

¿Y la comunidad internacional qué debe hacer?

A criterio de Dib la comunidad internacional también va a jugar un papel importante en contribuir a la protección de las personas que están en riesgo. «En buscar medidas para garantizar que quienes están trabajando en estos casos no sufran represalias, y que si las sufren puedan recibir protección en otros países».

Ávila hizo hincapié en que el expediente de Venezuela ha adquirido especial importancia para los sistemas internacionales de protección. En particular en el Consejo de Derechos Humanos, con dos mecanismos específicos, que son la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas (OACNUDH) y la Misión de determinación de los hechos.

La OACNUDH tenía presencia en el país antes de ser expulsada del territorio nacional.  Sin embargo, Ávila recalcó que «eso no significa que el Alto Comisionado se haya quedado sin el mandato de informar al Consejo de Derechos Humanos». El próximo informe verbal del Alto Comisionado está previsto para la tercera semana de marzo. Y para la misma semana se espera que la Misión presente una actualización oral del informe escrito que se hará público en septiembre. «Todas estas instancias se complementan mutuamente. No olvidemos que el mismo fiscal de la Corte Penal Internacional, en sus argumentos ante la Sala de Cuestiones Preliminares, invocó los informes de la Misión. Es decir, todas estas sinergias permiten que esos órganos internacionales sean mucho más dinámicos y se alimenten entre ellos».

Los crímenes que investiga la CPI

La Corte Penal Internacional investiga a individualidades por crímenes de derecho internacional. Es decir,  los crímenes más atroces que la comunidad internacional ha determinado, dentro del ordenamiento jurídico internacional, que son inadmisibles. Como por ejemplo, casos de tortura, ejecuciones extrajudiciales, desaparición forzada de personas. En caso de ser determinada su responsabilidad, las personas involucradas en estos casos no pueden estar sujetas a ningún tipo de acuerdo de impunidad.

La situación en Venezuela representa un caso particular en términos de búsqueda de justicia, porque muchas de las personas perpetradoras siguen en el poder. Por ello es necesario que se activen los mecanismos necesarios para proteger y acompañar a quienes están denunciando. La persecución en Venezuela por parte del Estado está ampliamente documentada, no solo por parte de las organizaciones de la sociedad civil, sino por organismos internacionales. Al atacar a la sociedad civil se está atentando contra el último bastión de resistencia pacífica en Venezuela, que son las organizaciones de derechos humanos y las organizaciones humanitarias, que además tienen un rol fundamental en poder brindar alivio a la población afectada por la crisis y la emergencia humanitaria en el país .

Mitos sobre la CPI

A juicio de los ponentes, existen varios mitos que es necesario desmontar sobre el trabajo de la CPI:

  1. La cantidad de personas que podrían ser juzgadas y la capacidad de la Corte. No todo el mundo puede ser investigado y sancionado por un organismo internacional como la Corte Penal Internacional, sino solamente los máximos responsables de la comisión de crímenes contemplados en el Estatuto de Roma. Es decir, crímenes de lesa humanidad que tienen unos elementos contextuales específicos, como asesinato, tortura, ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas. Las investigaciones llevadas a cabo por la CPI tienen el potencial de contribuir a la construcción de la verdad, y eso a su vez constituye un mecanismo de reparación para todas las víctimas de violaciones de derechos humanos. Es un reconocimiento de que esos hechos efectivamente ocurrieron.
  2. La duración del proceso. En realidad la Corte tiene poco más de 20 años en funcionamiento, y ya tiene juicios que avanzaron con sentencias condenatorias y hay personas presas en un complejo penitenciario holandés en Scheveningen, un distrito costero a las afueras de La Haya.
  3. Las instancias internacionales son demasiado complejas. La experiencia venezolana ha demostrado que no es así. Para llegar a la decisión de reanudar la investigación participaron 8.900 víctimas en el proceso de consulta abierto por la CPI. Y en el proceso de apelación que ha concluido ante la Sala de Apelaciones participaron 2.684 víctimas individuales y 104 familias. Esto nos indica que las instancias internacionales, si bien tienen una complejidad específica, son accesibles en la medida en que sean utilizadas por las organizaciones de víctimas y las organizaciones de la sociedad civil y esa participación no es en vano.
  4. La Corte Penal Internacional representa una injerencia externa en los asuntos de Venezuela. Recordemos que el país, tras una decisión soberana, decidió ratificar el Estatuto de Roma. Entonces esta idea de que la Corte investiga sin ninguna autorización previa es quizá uno de los mitos no solo más importantes, sino más fáciles de desmontar.
  5. La justicia internacional es costosa. La Corte Penal Internacional tiene un presupuesto de aproximadamente 170 millones de euros. Una cantidad que no es significativa para la magnitud del trabajo que realiza. Los estados deben asumir el compromiso que han ratificado con la justicia internacional y darle a la Corte los medios que requiere para poder hacer su trabajo.
  6. La justicia no va a llegar nunca. Hace 5 años no nos podíamos ni siquiera imaginar que llegaría el momento donde la Sala de Apelaciones diría que en Venezuela sí se han cometido crímenes de lesa humanidad que la fiscalía de la Corte Penal Internacional tiene que investigar. Hoy estamos frente a la posibilidad real de que se individualicen los casos, las víctimas y los perpetradores. Esto ha sido una construcción colectiva de las víctimas, la sociedad civil y los organismos internacionales que han contribuido a que todo lo ocurrido no quede en el olvido, a pesar de las maniobras del Estado para dilatar y evitar que el proceso ante la CPI continúe.

Aunque el Estatuto de Roma no establece el periodo que debe tomar este proceso, esta decisión marca un hito importante en la búsqueda de justicia por parte de las víctimas y sus familiares, cuyas voces fueron escuchadas por la Sala de Apelaciones durante las audiencias que se llevaron a cabo los días 7 y 8 de noviembre, a través de la intervención de Paolina Massidda, integrante de la Oficina de Defensa de las Víctimas de la Corte Penal Internacional, quien señaló a la Sala de Apelaciones que las víctimas han sido sometidas a actos inimaginables de persecución, violencia y abuso contra los derechos humanos. «Sus familias han soportado tragedias inenarrables, y tienen interés legítimo que se responsabilice a quien cometió los delitos».


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