Si se realiza una comparación de los procesos electorales durante la última década en Venezuela se puede establecer que se ha caracterizado por la presencia de observadores electorales internacionales de gran referencia e experticia, que representan generalmente a organismos hemisféricos o multilaterales como la Organización de las Naciones Unidas (ONU), Organización de los Estados Americanos (OEA), Unión Europea (UE), así como también algunas organizaciones no gubernamentales (Ongs) especializadas en la materia como el Centro Carter, Human Rights Watch (HRW) y observatorios electorales de carácter continental o nacional.
El papel que desempeñan las misiones de observación electoral internacional consiste en evaluar los procesos electorales de conformidad con los principios internacionales en materia de elecciones democráticas auténticas y con el derecho interno, brindando conocimiento técnico y su experticia para otorgarle mayor nivel de legitimidad y transparencia al proceso comicial.
Venezuela en 2010 a través de la Resolución N° 1005526-0123, mediante la cual se dictó el Reglamento en Materia de Observación Nacional Electoral y Acompañamiento Internacional Electoral[1], reemplazó la práctica de la observación internacional por la del acompañamiento internacional bajo una serie de condiciones, que serán señaladas a continuación :
- Distinción de observación nacional y acompañamiento electoral internacional
La distinción entre las dos figuras se encuentra establecido en el artículo 471 del Reglamento General de la LOPRE, al indicar que la observación electoral pasó a ser un derecho reservado únicamente a los venezolanos y organizaciones nacionales de observación electoral, legalmente constituidas, y que soliciten presenciar un evento electoral.
Mientras que acompañamiento electoral internacional electoral se define en su artículo 481 como «aquella instituciones o autoridades electorales de otros Estados, organizaciones u organismos internacionales, así como las instituciones y ciudadanos en general, debidamente acreditados con tal carácter por el Consejo Nacional Electoral (CNE), sea por invitación del propio órgano o por solicitud realizada ante el órgano comicial, en los lapsos y condiciones correspondiente».
- Atribuciones limitadas
Se estableció en el artículo 484 del Reglamento electoral “las personas acreditadas por como observadores nacionales electorales, y acompañantes internacionales electorales no podrán emitir declaraciones ni opinión en general y en particular sobre los asuntos internos de la República Bolivariana de Venezuela hasta que haya culminado el proceso electoral y se hubiese producido la proclamación de las candidatas o candidatos, por parte del CNE (…) De igual modo, se abstendrán de hacer pronunciamientos públicos (…) Difundir o dar a conocer, por cualquier vía o medio, resultados preliminares, parciales o totales de la elección (…) Hacer comentarios personales acerca de sus observaciones o conclusiones a los medios de información o a terceros, antes que el vocero del grupo de observación nacional electoral o de acompañamiento internacional electoral, del cual forma parte; haga su declaración formal”.
- Capacidad de revocar credenciales
Según el artículo 487 del Reglamento Electoral, el CNE podrá revocar la credencial de acompañante internacional cuando estime que se han infringido las disposiciones legales, reglamentarias, el Plan de Acompañamiento Internacional Electoral o las instrucciones formuladas.
Por tanto, las normas de acompañamiento internacional y observación nacional que dicta el Estatuto electoral ha sido criticada por distintos actores de la comunidad internacional que se dedican al monitoreo de elecciones, alertando que estas restricciones establecidas limitan los derechos políticos que tienen las organizaciones para efectuar la observación electoral. Además, de que el hecho al prohibir los pronunciamientos públicos de los observadores se niega a la ciudadanía el derecho a la información proveniente de diversas fuentes, sobre un proceso que, como el electoral, debe caracterizarse por la transparencia en las decisiones de las autoridades electorales y de las acciones gubernamentales.
En vista de que durante más de 14 años, el Gobierno Nacional ha erosionado gradualmente y sostenidamente cada uno de los elementos esenciales de la democracia tanto las elecciones transparentes, libres y justas, como el respeto del gobierno a la separación de poderes, a la libertad de expresión, y a la existencia de un régimen plural de partidos políticos, desde Cepaz realizamos un comparativo de las elecciones presidenciales de 2006, previo a la reforma de ley electoral, y de 2012 post reforma:
Elecciones presidenciales 2006
Es importante destacar que durante los primeros años del gobierno bolivariano siempre estuvo presente la observación electoral internacional tanto en las elecciones del 1999, en el referendo revocatorio del 2004, en las elecciones parlamentarias del 2005 y finalmente en las elecciones presidenciales del 2006, encontrándose los observadores de la OEA con el llamado grupo de países amigos, el propio expresidente norteamericano Jimmy Carter y la directora ejecutiva de su fundación, misión de la UE y representantes de diferentes ongs de alcance global, quienes se movilizaron por todo el territorio para monitorear la celebración de los comicios y la certificación que se cumplían las garantías mínimas para su celebración.[2]
Dentro de la normativa electorallos observadores electorales internacionales contaban con el derecho a la libre circulación por el país sin necesidad de permiso o notificación previa, al libre acceso a la información y a todos los partidos políticos, posibles candidatos y funcionarios electorales, así como los representantes de la sociedad civil y sus electores. Además establecía la existencia de una coordinación con el CNE de realizar entrevistas, reuniones o visitas a los funcionarios electorales, espacios u oficinas, así como las empresas privadas que tengan a su cargo la organización y supervisión de los procesos de votación, captación de huellas, auditorías, escrutinio, totalización y cómputo de resultados.[3]
Aunando planteaba el acceso a las auditorías previas, la observación y ejecución de las operaciones electorales, al acceso de la información relativa al Registro Electoral, a las bases de datos en los servidores, a los códigos fuentes y a los sistemas operativos referentes al mismo, a la observación de la votación, captación de huellas, auditorías, escrutinio, procedimientos de recuento, agregación y tabulación, transmisión y de resultados, lo cual terminaba en un informe publico donde se generaba recomendaciones claras y operativas ven su búsqueda de incidir en los procesos, y por ende, profundizar la democracia a través del tiempo.
Elecciones presidenciales 2012
Si bien las elecciones del 7 de octubre de 2012 se caracterizaron por no contar con la observación internacional, producto a la reforma del reglamento electoral venezolano del 2010, donde la figura del observador internacional fue eliminada, en su lugar el CNE invita a “acompañantes internacionales”, los cuales no pueden emitir declaración alguna sobre las elecciones hasta que el ente electoral haya proclamado un ganador, cuyos hallazgos y sugerencias deben ser entregadas al CNE confidencialmente.
Estas modificaciones al reglamento electoral son limitaciones que contradicen y vulneran los requisitos para desplegar misiones de observación acordados en la Declaración de Principios para la Observación Internacional de Eleccionessuscrita el año 2007 en las Naciones Unidas, el cual también establece el código de conducta de los observadores internacionales.[4]Por lo tanto, esta reforma implico el divorcio definitivo con los observadores internacionales de amplia trayectoria en las elecciones venezolanas como las comisiones la OEA, la Unión Europea y el Centro Carter.
Dichas comisiones internacionales presentaron su rechazo y diferimiento al concepto que el CNE maneja entre acompañamiento y observación, así como la intención de conformar el envío de un pequeño grupo de expertos para participar en algunas de las auditorias pre-electorales y la observación de la votación el día de la elección. A ello el Centro Carter aclaró que “el propósito del acompañamiento es invitar a extranjeros a observar las actividades realizadas durante día de la votación, mediante una presencia política mayormente simbólica; mientras que el propósito de la observación, es el de invitar a organizaciones internacionales a evaluar el proceso electoral en su conjunto de manera sistemática”.[5]
Producto a este escenario en las elecciones se contaron con 240 acompañantes internacionales: 170 eran parlamentarios, delegados de organizaciones internacionales, representantes de organizaciones gremiales, periodistas y académicos, de los cuales probablemente muchos desconocían la ley electoral venezolana y conocían superficialmente los estándares electorales aceptados internacionalmente. Tres organizaciones internacionales enviaron misiones de acompañamiento internacional: la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur), el Mercado Común del Sur (Mercosur) y la Unión Interamericana de Organismos Electorales (Uniore).[6]
En este último aspecto del acompañamiento internacional por parte de las mencionadas organizaciones internacionales, se hace mención de su papel en materia electoral: la Uniore conforma su primera comisión electoral dado a que no había tenido visibilidad en procesos anteriores, el Mercosur, que es una unión aduanera la cual no tiene atribuciones ni competencias electorales envió una misión casi simbólica. En cuanto a la recién creada Unasur, que probablemente sea la única organización internacional que reconoce el acompañamiento internacional, su experiencia en materia electoral era inexistente dado a que estas elecciones representaron su primera participación oficial como observadores.[7]
Aunado a su falta de experiencia, hay un aspecto que coloca aún más en tela de juicio la neutralidad del accionar de estas organizaciones como acompañantes internacionales, como es el hecho que tanto las misiones de Unasur y Mercosur carece de las credenciales de independencia e imparcialidad. Por tanto, el papel desempeñado por este acompañamiento electoral no contó con un observador internacional capaz de denunciar las medidas ventajistas del gobierno de turno para evitar una contienda libre y justa.
Asimismo el CNE al invitar a UNASUR a “acompañar” el proceso, el gobierno de Venezuela deja claro, una vez más, que no permitirá un monitoreo internacional independiente de las elecciones presidenciales venideras, tras la firma del «Acuerdo entre la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) y el Consejo Nacional Electoral de la República Bolivariana de Venezuela sobre el acompañamiento internacional Electoral para la Elección presidencial.[8]
Por lo tanto, si partimos de la premisa que la observación electoral ayuda a aumentar la calidad de las elecciones en el mediano plazo, en tanto permiten mejorar los procesos hacia la construcción de elecciones libres y justas, parece irónico que luego de las múltiples misiones de observación nacionales e internacionales que asistieron durante los primeros años del gobierno bolivariano, hayan transcurrido 11 procesos comiciales en los que el Consejo Nacional Electoral dejó de invitar a organismos internacionales como la OEA, la ONU y la UE.
Entendiendo que la observación electoral no es un proceso aislado ni una certificación de que el ganador es efectivamente quién el organismo electoral dice que es, sino un mecanismo para generar recomendaciones claras y operativas que logren incidir en los procesos, y por ende, profundizar la democracia a través del tiempo.
Con ello el Gobierno Nacional al dificultar que los organismos de observación internacional asistan a los procesos electorales en el país como «acompañantes», hace imposible para las misiones dar declaraciones sobre el proceso y sellar a nivel gubernamental cualquier informe. Haciendo evidente la postura del Gobierno de separarse de su compromiso con la democracia y los derechos humanos, al no buscar garantizar el reconocimiento universal de la transparencia de los resultados, dejando a la sombra de las figura de las irregularidades.
[1] Consejo Nacional Electoral, 2012. Véase en: http://www.cne.gob.ve/web/normativa_electoral/elecciones/2010/parlamentarias/documentos/Reglamento_Observacion.pdf
[2] Revista Gumilla, 2015, La Observación Internacional: ¿es buena o es mala?. Véase en: http://revistasic.gumilla.org/2015/la-observacion-internacional-es-buena-o-es-mala/
[3]Consejo Nacional Electoral, 2006, 3.435 observadores nacionales y 240 acompañantes internacionales presentes en Elección Presidencial. Véase en: http://www.cne.gov.ve/web/sala_prensa/noticia_detallada.php?id=3155
[4]Declaración de Principios para la Observación Internacional de Elecciones, 2007. Véase en: https://eeas.europa.eu/sites/eeas/files/code_conduct_es.pdf
[5] Misión de Estudio del Centro Carter Elecciones Presidenciales en Venezuela, 2012. Véase en: https://www.cartercenter.org/resources/pdfs/news/peace_publications/election_reports/venezuela-final-rpt-2013-elections-spanish.pdf
[6] Centro Carter, “Reporte final Misión de Estudio Elecciones Presidenciales Octubre 7, 2012,” Octubre 2012: http://www.cartercenter. org/resources/pdfs/news/peace_publications/election_reports/venezuela2012-election-study-mission-final-rpt-spanish.pdf
[7]Unión de Naciones Suramericanas (Unasur), 2010, Misiones Electorales. Véase en: http://www.unasursg.org/images/especial/misiones%20electorales%20unasur.pdf
[8]«Acuerdo entre la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) y el Consejo Nacional Electoral de la República Bolivariana de Venezuela sobre el acompañamiento internacional Electoral, 2012. Véase en: http://www.cne.gov.ve/web/normativa_electoral/elecciones/2012/presidenciales/documentos/CNE-Unasur2012.pdf