Estados receptores deben crear políticas para atender la crisis de movilidad humana durante y después de la pandemia


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Publicado el: 18 de diciembre de 2020

En el marco del Día Internacional del Migrante debemos reivindicar el proceso migratorio como un derecho consagrado en la Declaración Universal de Derechos Humanos que protege la libertad de cada persona a circular libremente, escoger su residencia en el territorio de un Estado y además a salir de cualquier país, incluso del propio, del que además tiene el derecho a regresar.

«El éxodo de los venezolanos es el mayor de Latinoamérica en los últimos 50 años»[1], por lo que, con ocasión al Día Internacional del Migrante, debemos referirnos a los más de cinco millones de venezolanos y venezolanas que hoy hacen vida en el extranjero huyendo de lo que ha sido la peor crisis humanitaria en la historia contemporánea del país.

Observamos con preocupación las condiciones de vulnerabilidad en las que se encuentran saliendo las personas del territorio venezolano asumiendo riesgos que incluso alcanzan pérdidas de vidas, lo que da cuenta, tal y como ha sido señalado por la Organización de Estados Americanos, que la migración de Venezuela es de carácter forzado[2].

La desesperación por cubrir si quiera las necesidades más básicas la vemos profundamente reflejada en los denominados “caminantes” quienes cruzan a pie fronteras y miles de kilómetros hasta alcanzar su destino, o los “balseros” que toman pequeñas lanchas por horas hasta llegar a alguna isla del Caribe con la esperanza de tener una mejor calidad de vida.

En cualquiera de los países receptores, los venezolanos y venezolanas han tenido que asumir en menor o mayor medida los mismos desafíos, desde la adaptación a una cultura nueva y el choque emocional que pudiera provocar, hasta asuntos muy complejos y preocupantes como un proceso legal de residencia lleno de obstáculos y dificultades, la necesidad de generar ingresos inmediatos y suficientes para subsistir en el país, e incluso ayudar a sus familiares en Venezuela a través de remesas, o el riesgo de la discriminación, la estigmatización y la violencia.

Aun más, con la propagación de la COVID-19, los migrantes y refugiados venezolanos se han visto desproporcionadamente afectados. Desde el Centro de Justicia y Paz hemos documentado y condenado la Situación de migrantes y refugiados venezolanos ante la pandemia, caracterizada particularmente por la falta de protección de sus derechos, la pérdida o disminución de la  posibilidad de generar ingresos, la intensificación de la percepción desfavorable en su contra y han sido además excluidos de los mecanismos de protección creados por los Estados ante los efectos negativos de la pandemia.

Las múltiples denuncias de los venezolanos migrantes y refugiados, las cuales se encuentran ampliamente documentadas en el informe Voces que deben ser escuchadas. Testimonios y análisis de personas venezolanas migrantes y refugiadas ante la situación de movilidad durante la pandemia”, da cuenta de la deuda que tienen los Estados receptores de crear políticas para atender esta crisis de movilidad, durante la pandemia e incluso después de ésta, pues podría preverse un aumento del flujo migratorio con la reapertura de las fronteras.

Por su parte, es necesario recordar las obligaciones de protección internacional de los Estados hacia los migrantes y refugiados, no basta solo con el reconocimiento de esta crisis de movilidad, sino también es necesario asumir y ejecutar los compromisos internacionales derivados del derecho internacional de los derechos humanos, del derecho internacional humanitario y del derecho de los refugiados.

El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR)  ha sido enfático en considerar que “la mayoría de las personas que están huyendo del país se encuentra en necesidad de protección internacional como personas refugiadas”[3].

En este sentido, insistimos en la obligación de los Estados de ajustar sus políticas migratorias y enfocarlas en la protección de los derechos de este grupo de personas a quienes le corresponde la protección de los mismos derechos humanos que cualquier otro ser humano, entre los que destacamos la libertad, la seguridad, la protección frente a la discriminación, el derecho al trabajo, a la seguridad social, a la educación pública, al acceso libre a la justicia, a la identidad, entre otros derechos y libertades.

Asimismo, destacamos la importancia del principio de no devolución (Artículo 22 de la Convención Americana de Derechos Humanos) en esta política de protección, pues estamos hablando de una persona que huye de una situación de vulneración sistemática de sus derechos humanos en su país de origen y que no puede ser obligada a regresar a esa situación exponiéndola a factores de riesgos que pueden terminar incluso con la pérdida de su vida.

Finalmente, las voces de los venezolanos y las venezolanas migrantes y refugiadas merecen ser escuchadas por los Estados y por las organizaciones internacionales de protección, y atender con premura sus denuncias.

Hoy los migrantes y refugiados reconocen sus derechos y se organizan activamente generando capacidades que han permitido el ejercicio del activismo trasnacional. Son ellos quienes conocen y cuentan una historia de migración que debe ser atendida junto a ellos y que exigen se abran las puertas a los cambios necesarios para proteger y garantizar los derechos de todos las personas migrantes y refugiadas.

[1] BBC. Crisis de Venezuela: «El éxodo de los venezolanos es el mayor de Latinoamérica en los últimos 50 años». Disponible: https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-45291398#:~:text=Centroam%C3%A9rica%20Cuenta-,Crisis%20de%20Venezuela%3A%20%22El%20%C3%A9xodo%20de%20los%20venezolanos%20es%20el,en%20los%20%C3%BAltimos%2050%20a%C3%B1os%22&text=Pie%20de%20foto%2C,causas%20del%20%C3%A9xodo%20de%20venezolanos.

[2] CIDH. Resolución 2/18. Migración forzada de personas venezolanas. Disponible en: https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2018/11642.pdf?file=fileadmin/Documentos/BDL/2018/11642

[3] ACNUR. La mayoría de las personas que huyen de Venezuela necesitan protección como refugiadas. Disponible en: https://www.acnur.org/noticias/briefing/2019/5/5ce33ee54/acnur-la-mayoria-de-las-personas-que-huyen-de-venezuela-necesitan-proteccion.html


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