Estado de los derechos de las mujeres indígenas en Venezuela por Alicia Moncada


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Publicado el: 20 de noviembre de 2018

Resumen de la investigación original

El Centro de Justicia y Paz (Cepaz) ha acompañado los procesos de consulta, validación, y desarrollo de las investigaciones que han sido realizadas por diferentes organizaciones de mujeres e individualidades pertenecientes a la Red Naranja.

Como parte de este laborioso trabajo presentamos la investigación realizada por Alicia Moncada sobre el “Estado de los derechos de las mujeres indígenas en Venezuela”.

Introducción

Venezuela, constitucionalmente, es un país pluricultural y con un ordenamiento jurídico que considera la existencia de 52 pueblos indígenas, quienes representan el 2,8% del padrón poblacional (Censo 2011, INE)[1].

La Constitución de 1999 además reconoce el  carácter pluriétnico, pluricultural y multilingüe del país. El capítulo Nº VIII se encuentra dedicado a los derechos de los pueblos indígenas producto de las luchas y exigencias del movimiento indígena por el reconocimiento estatal de la sistemática e histórica discriminación étnica.

Asimismo, en el año 2002, Venezuela ratificó el Convenio N° 169 sobre pueblos indígenas y tribales (1989) de la Organización internacional del Trabajo (OIT) y aprobó la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas (2005). Aunado a otras cuatro normativas que le coadyuvan, para la implementación de los derechos consagrados constitucionalmente y convenidos en los instrumentos internacionales de protección a los derechos humanos.

A pesar del reconocimiento jurídico de los derechos indígenas y la inclusión de la pluriculturalidad, multietnicidad y multilingüismo como preceptos constitucionales, aún los pueblos originarios de Venezuela se encuentran sumidos en la pobreza y discriminación, agravadas por la emergencia humanitaria compleja que  en la actualidad atraviesa el país.

Sin embargo, es más penosa y compleja la situación de desprotección de las mujeres, adolescentes y niñas indígenas, quienes padecen la imbricación de múltiples y simultáneas discriminaciones en el fenómeno de la opresión patriarcal. Sus experiencias exponen los “lados  perversos  del  poder desde  su posición  en  los  márgenes” (Aura Cumes, 2012:2). Teniendo que vencer la invisibilización y la disolución de sus reivindicaciones étnicas y de género, tanto en las acciones y políticas estatales destinadas a los pueblos indígenas como dentro de las organizaciones mixtas de sus propios pueblos.

De acuerdo al  censo indígena del 2011, las mujeres son el 49,5% (359.016) de la población total indígena en Venezuela. La mayor parte se reconoce como parte del pueblo wayuu (222.067), en cuyo territorio tradicional-localizado en el estado Zulia hacen vida 202.466 mujeres. Sin embargo, este pueblo se caracteriza por tener importantes concentraciones de población en la ciudad de Caracas y estados como Miranda, Aragua, Carabobo, Falcón, Mérida y Trujillo[2].

El segundo estado con mayor cantidad de mujeres indígenas es Amazonas (37.772) y presentan una mayor prevalencia las del pueblo Jivi (10.012), seguido del Piaroa (7.647) y Yanomami (4.586).

Por su parte, en el estado Bolívar las mujeres indígenas son 26.931, siendo su etnicidad predominante Pemón (14.837), mientras que en Delta Amacuro son 20.231 de las cuales son, en su mayoría, del pueblo Warao (19.636).

Otro dato importante a tener en cuenta arrojado por el Censo del 2011 es que a nivel nacional hay una concentración importante de personas indígenas en el rango de edades que va de 0 a 14 años. Las y los menores de 15 años representan el 36.8 %, frente a una mayor concentración de la población no indígena de personas con edades potenciales de trabajar (15-64 años).

Esto significa que gran parte de la población indígena, por razones etarias, al estar en una situación de dependencia y  necesidad de cuidados son más vulnerables frente a la diversidad de factores de riesgo social relacionados con la situación de discriminación histórica y sistemática.

En relación al acceso a la vivienda y específicamente a la calidad de ésta, se indica que en comparación al 2001  aumentó el número de viviendas tipo “casa”, así como disminuyó un 3,6% las viviendas tradicionales y 1,6% las tipo rancho.

La disponibilidad de agua potable reportó sus valores más bajos en Delta Amacuro (16,9%), Apure (19,9%) y Amazonas (29,2%), evidenciándose que en estos estados hay un mayor consumo de agua proveniente de ríos, caños, quebradas o pozos con tubería o bomba. Una situación que también incluye al estado Bolívar.

Otro indicador de necesidades básicas insatisfechas, que muestra la profunda debilidad del Estado para proveer condiciones para los derechos de los pueblos y las mujeres indígenas, es el acceso a la educación.

En cuanto al analfabetismo en idioma castellano, encontramos que el Censo reportaba una mayor incidencia entre las mujeres indígenas, especialmente en Amazonas. La  tasa era del 33,6% en comparación a la masculina (27, 9%). Sigue la misma tendencia Bolívar, mientras que el Zulia reporta la mayor tasa de alfabetismo en idioma castellano en mujeres indígenas con un 72,4%, que incluso supera levemente a la masculina del mismo pueblo.

Por tanto, esta breve revisión introductoria de los resultados del Censo nos deja ver que en materia de condiciones de vida, los pueblos, y especialmente las mujeres, indígenas en Venezuela se encuentran rezagados la satisfacción de sus necesidades básicas. Lo que someramente presentamos, y en base a la caracterización de la pobreza desde el método del Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI), muestra que el porcentaje poblacional que vive por debajo de la línea de la pobreza entre la población indígena supera el de los sectores no indígenas.

Políticas de protección y atención a las mujeres indígenas: una deuda histórica

Ante este panorama, del que se tiene evidencia producida por organismos estatales desde el Censo de 2011, se debería contar en la actualidad con una serie de políticas y acciones que aborden la pobreza entre los pueblos indígenas de Venezuela.

Bien es cierto que desde la aprobación de la Constitución de 1999, se promovió la creación de espacios institucionales con competencia en la configuración de políticas públicas para la atención, protección y disminución de las brechas de pobreza entre los pueblos indígenas.

Con tal mandato específico, surgió el Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indígenas (MINPPI), órgano rector de las políticas indigenistas del país y del que debían surgir toda una serie acciones para el beneficio de sectores específicos indígenas, como las y los jóvenes, infancia y mujeres.

En materia que concierte a este informe, se crea el Instituto Nacional de la Mujer (INAMUJER). Desde su creación, en el INAMUJER se generaron una serie de actividades que incluían foros y encuentros de mujeres indígenas, sin embargo, no incluyeron la inclusión de acciones específicas en su agenda de trabajo para cubrir las demandas de las mujeres indígenas.

La promulgación de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, considerada un logro del movimiento feminista nacional, tampoco puede considerarse un avance sustancial para los derechos de las indígenas, pues no establece garantías específicas de protección y atención transversalizadas por la variable étnica. La Ley mencionada clasifica a las indígenas como un grupo especialmente vulnerable (Art. 4), pero entre las circunstancias agravantes (Art. 65) no incluye la procedencia étnica, ni las violencias sexistas motivadas por la discriminación étnica y racial.

El surgimiento del Ministerio del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género (MINMUJER) en el año 2009 y la configuración del Plan Nacional Socialista del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2010-2013) tampoco permitiò a las mujeres indígenas incluir sus prioridades, ejes de acción y objetivos estratégicos.

Con el desarrollo del Plan de Igualdad de Género “Mamá Rosa” (2013-2019) se incluyó entre sus líneas de acción a las indígenas en las dimensiones: económica  y social. No obstante,  no tomó en cuenta una serie de documentos de discusión entregados por las organizaciones de mujeres indígenas.

Para los años 2014 y 2015 INAMUJER realizó mesas de trabajo para la creación de un Plan nacional de protección y atención a los derechos de las mujeres indígenas construido con indicadores de medición y cronograma de trabajo realistas. En  este contexto, se publicaron tres traducciones de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las mujeres a una vida libre de violencia en idiomas indígenas amazónicos (jivi, yew’kuana y yanomami).

Esta acción positiva del Estado venezolano cumplió con hacer comprensible y accesible la información sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, tal como establece la Ley.

Es importante destacar que la deuda estatal con las mujeres indígenas no ha pasado inadvertida ante el Comité para la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer (CEDAW), que acumula varios periodos de  recomendaciones al Estado venezolano relacionadas con las carencias en políticas y acciones necesarias para que el pleno ejercicio de los derechos de las indígenas en Venezuela y la eliminación de toda forma de discriminación contra ellas.

Políticas de salud y mujeres indígenas en la Venezuela en emergencia

Comunicados y denuncias  de las organizaciones indígenas, así como informes de la sociedad civil, han expuesto  la vulnerabilidad y el aumento del riesgo social que padecen los pueblos originarios desde los últimos cinco años.

Las políticas de salud dirigidas a la población indígena en Venezuela comenzaron a desarrollarse a partir del 1999, cuando se reconoció constitucionalmente el derecho a la salud indígena. Se lograron implementar algunos programas dirigidos a población indígena, pero, a partir del año 2010, entraron en declive y que aún se mantiene no cuenta con ningún tipo de recursos para la ejecución de los planes y programa.

La situación actual en materia de salud indígena se complica debido a la política de silencio epidemiológico (Suárez Rosas, 2013; Díaz Polanco, 2017) que ha caracterizado los últimos 5 años de la gestión sanitaria venezolana. Para agravar el panorama, lo poco que se puede rescatar del sistema de información epidemiológica de Venezuela no incluye la variable etnia, es decir, hay un sub-registro de información epidemiológica muy importante sobre todo en territorios de difícil acceso y con muy poca cobertura del sistema de salud.

En términos generales, a pesar de la carencia de información oficial, sabemos que los pueblos indígenas son el sector más marginado y sub-atendido de la población, con los peores indicadores de salud que responden a  condiciones de desigualdad a las que históricamente han estado sometidos.

Mujeres indígenas y salud

La Organización de Mujeres Indígenas Amazónicas Wanaaleru en su informe para el examen periódico universal del 2016, señala que las mujeres indígenas afrontan la discriminación étnica en los espacios médico-asistenciales.  Siendo los casos de violencia obstétrica constantes, así como la medicalización del parto y la exigencia de mantener a la parturienta en posición supina que vulnera los derechos de las mujeres indígenas a un parto humanizado y respetuoso de sus usos y costumbres.

Entre los factores que limitan el acceso de la población indígena a los servicios de salud, encontramos el acceso geográfico pues lograr llevar atención en salud requiere una logística de transporte bien articulada. La falta de comunicación entre los prestadores de servicio con las comunidades indígenas, así como la comprensión de sus realidades es otro gran inconveniente.

Formas de violencia contra las mujeres indígenas: el cuerpo y el territorio

Desde el año 2012, las organizaciones indígenas amazónicas-agrupadas bajo la Organización Regional de Pueblos Indígenas de Amazonas (ORPIA) y la Coordinadora de Organizaciones Indígenas de Amazonas (COIAM)-vienen denunciando a través de los medios de comunicación  las nefastas consecuencias de la minería ilegal, la deforestación de la selva amazónica y la presencia de actores armados no estatales que se auto-identifican como integrantes de las guerrillas de Colombia.

La vulnerabilidad de las mujeres indígenas ante la trata de personas se refuerza por varios factores. Uno de los más comunes es la barrera idiomática y el acceso al Derecho a la educación. Esta situación convierte a las indígenas en un blanco fácil para los tratantes quienes aprovechan que la víctima no “existe” ante el Estado y sus servicios de identificación, también dificulta el trabajo de las organizaciones y activista de derechos humanos en el proceso de la denuncia y localización de las víctimas.

Conclusiones

Se puede afirmar que -hasta ahora- las pocas acciones nacionales que han tenido a las mujeres indígenas como parte u objetivo  tienen un impacto limitado dado a:

a.    El gran reto es ampliar la visión desde la diversidad de mujeres venezolanas, atravesando las políticas con la perspectiva de la interseccionalidad.

b.    Se ejecutan en el centro del país, dejando a un lado a la periferia y más aún a los territorios indígenas que constituyen las «zonas silencio» o espacios donde no llegan las políticas del Estado.

c.    No se mantiene el seguimiento y el control de estas acciones,  así como no se miden los impactos.

Referencias

 

[1] La mayor diversidad étnica se concentra en el estado Amazonas, donde las y los indígenas son el 53,7% de la población total. Aunque representa el 10% de la población indígena de Venezuela

En el estado Zulia se condensa la mayor cantidad de población indígena de Venezuela  (61%) , donde el Pueblo Wayuu es la mayoría poblacional (58%).

[2] Según el Censo 2011,se reconocieron como Wayuu 630 mujeres en Caracas, 703 en Miranda, 204 en Aragua, 432 en Carabobo, 359 en Falcón, 407 en Mérida y 250 en Trujillo.


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