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Histórica sentencia de la Corte IDH reconoce responsabilidad del Estado en el caso de Linda Loaiza

Linda Loaiza López, abogada y defensora de derechos humanos, sobrevivió a las torturas y abusos sexuales a los que fue sometida hace casi 18 años y llevó su caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), instancia que determinó en una histórica sentencia, la responsabilidad del Estado venezolano por los hechos cometidos en perjuicio de López.

Este importante paso en la búsqueda de la justicia que no consiguió en su país, fue posible gracias a la perseverancia de Linda y el trabajo constante de su abogado Juan Bernardo Delgado, con el concurso del Comité de Familiares de las Víctimas de Febrero y Marzo de 1989 (Cofavic) en Venezuela, y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil) a nivel internacional.

Adicionalmente, el caso recibió el apoyo de varias organizaciones de la sociedad civil, entre ellas el Centro de Justicia y Paz (Cepaz), que presentaron un recurso de “Amicus Curiae”, expresión latina que literalmente se traduce como “amigo de la corte”. A través de ella se elevaron argumentos de derecho a favor de las solicitudes hechas por Linda Loaiza.

En Venezuela los derechos de la víctima fueron conculcados, durante un proceso judicial plagado de irregularidades, donde la revictimizaron y sometieron a estereotipos de género.

“Este triunfo de la justicia solamente será efectivo cuando el Estado cumpla su sentencia, pero no me rendiré. Por años, he sido una imagen emblemática en la lucha contra la violencia física, sexual y psicológica que enfrentamos las mujeres en mi país. Esto me impulsó a seguir y sostener la lucha de otras como yo, como defensora de sus causas”, señaló Loaiza.

“Hoy le puedo decir a las mujeres de Venezuela y de Latinoamérica que no han podido obtener justicia por las violaciones de sus derechos dentro de sus países que una reparación si es obtenible”, agregó.

Sentencia

En la sentencia, la CorteIDH determinó que el Estado venezolano fue responsable por la reacción insuficiente y negligente de los funcionarios públicos que tenían conocimiento del riesgo a la vida e integridad, lo que posibilitó los hechos de tortura y esclavitud sexual cometidos en perjuicio de Linda. El accionar de los funcionarios inclusó alertó al agresor.

Además, la Corte indicó que la noticia de un secuestro o de la desaparición de una mujer debe activar el deber de debida diligencia reforzado del Estado, pues un estas circunstancias generan un escenario propicio para actos de violencia contra la mujer y una particularidad vulnerabilidad de sufrir violencia sexual.

Por otra parte, a juicio de la instancia internacional, la respuesta del personal policial en el caso de Linda Loaiza, se basó en estereotipos de género negativos, bajo los cuales se entendía que lo sucedido era una “cuestión de pareja” que debía quedar exenta de intervención estatal.

La Corte recalcó que no existía el marco legal adecuado para tramitar e investigar eficazmente las denuncias de casos de violencia contra la mujer por parte de los funcionarios. Además, los procesos en los tribunales venezolanos no se desarrollaron en un plazo razonable. Tampoco fueron adecuadas las medidas de protección e investigación de las amenazas contra Linda, sus familiares y su abogado.

“El Tribunal concluyó que el Estado violó, en perjuicio de Linda Loaiza López Soto, los derechos al reconocimiento de la personalidad jurídica, integridad personal, prohibición de la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, prohibición de la esclavitud, libertad personal, garantías judiciales, dignidad, autonomía y vida privada, circulación y residencia, protección judicial e igualdad ante la ley, todo ello en relación con las obligaciones de respetar y garantizar los derechos, de no discriminar y de adoptar medidas de derecho interno”, concluyó la sentencia.

Medidas de reparación

La Corte IDH ordenó diversas medidas de reparación, incluyendo entre otras, la continuación del proceso penal, sancionar a los responsables, atención médica para Linda y sus familiares, becas de estudio, implementar un sistema de recopilación de datos y cifras sobre violencia contra las mujeres en el país, e incorporar al currículo nacional un programa de formación permanente bajo el nombre de Linda Loaiza.

Lea el resumen de la sentencia aquí