TSJ repite su estrategia para controlar los poderes públicos e impedir unas elecciones auténticas


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Publicado el: 25 de junio de 2020

La institucionalidad democrática y el principio de separación de poderes públicos, han sido lesionados reiteradamente en Venezuela. El colapso social y económico, mantiene a los venezolanos sufriendo las consecuencias de la que ha sido la peor crisis humanitaria y crisis multidimensional vivida en Venezuela en la historia contemporánea.

Es importante entender, que a diferencia de las crisis humanitarias causadas por desastres naturales o los conflictos armados, en Venezuela existe una emergencia humanitaria compleja o grave. Este término es utilizado por las Naciones Unidas para describir el carácter diferenciado de este tipo de crisis que tienen un origen fundamentalmente político. (Ver más en Emergencia Humanitaria Compleja en Venezuela)

En este sentido, desde el Centro de Justicia y Paz (Cepaz), por varios años hemos venido alertando y documentando esta grave crisis política, y los derechos civiles y políticos que han sido socavados en este contexto, los cuales se encuentran directamente vinculados con:

  • La estocada a la institucionalidad democrática la cual hemos documentado a través de informes como Estocada a la Democracia y Deslave Institucional, que nos permite reconstruir la grave manera en la que el régimen ha utilizado a su favor los poderes públicos, y en especial el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), y el Consejo Nacional Electoral (CNE), y adicionalmente,  ha creado una írrita Asamblea Nacional Constituyente como brazo ejecutor del Poder Ejecutivo. Todo ello con el fin de invalidar el parlamento legítimo, propiciar eventos electorales carentes de autenticidad, y además ejercer patrones de persecución en contra de la oposición.
  • Derechos vulnerados e irregularidades en los procesos electorales, los cuales revisten características que los hacen inconstitucionales, desde su convocatoria, hasta la llegada del evento electoral y el resultado post electoral. Particularmente en el informe Retrato de la Convocatoria Electoral del 20 de mayo de 2018, procuramos una mirada exhaustiva de los patrones aplicados por el régimen que dan muestra de lo que ha sido la supresión por años de la soberanía popular en Venezuela, a través de socavamiento del derecho del voto como mecanismo de alternabilidad en el poder.

Estos antecedentes nos permiten, no solo identificar los ataques a la institucionalidad democrática y las irregularidades en los procesos electorales, sino que además en el contexto actual, la situación se repite y nos demuestra que la misma es una receta aplicada y perfeccionada en una política de Estado para el ejercicio del control total de los poderes públicos, y para crear un escenario electoral que, aunque carente de autenticidad, permita su perpetuación en el poder.

Tribunal Supremo de… ¿Justicia?

El TSJ, a pesar de las características de independencia e imparcialidad que debiera tener en atención a los principios constitucionales, ha sido un brazo ejecutor imprescindible del Poder Ejecutivo, a través de decisiones provistas de ilegalidades y hechas a la medida de las necesidades del régimen.

Así pues, desde el pasado han sido múltiples las decisiones que han emanado del TSJ para disolver las competencias de la Asamblea Nacional. Ahora, ante la preparación para la celebración de elecciones parlamentarias que corresponden según el mandato constitucional, las decisiones del TSJ han socavado nuevamente el derecho a elegir de los venezolanos y han sido utilizadas para la invalidación de los partidos políticos de oposición y con ello restringir su participación electoral; y para el nombramiento de un nuevo CNE, a espaldas de la Asamblea Nacional, que por demás es el ente constitucionalmente designado para dicho acto.

Ahora bien, a lo anterior debemos añadirle que el TSJ también ha sido cómplice del ejercicio de una politica de persecución, que no solo se aplica a la institución parlamentaria, sino también a las organizaciones políticas y al liderazgo disidente, a través de amenazas y estigmatizaciones, la violación a la inmunidad parlamentaria, inhabilitaciones, entre otros patrones.

En el año 2020 no ha sido distinta la situación. Recordemos la arbitraria e irregular manera en la que en el mes de enero se designó la Junta Directiva de la Asamblea Nacional, desprovista de los procedimientos formales que establece la norma que la regula.

En este sentido, el Reglamento de interior y de debates de la Asamblea Nacional establece un claro procedimiento para el inicio de cada periodo anual de sesiones de la Asamblea Nacional, mediante el cual se designa la junta directiva a través de la mayoría de votos de los diputados presentes.

A pesar del contenido de la norma, las fuerzas del orden, que debieron estar a disposición de la protección de la población, cercaron la Asamblea Nacional, impidieron la entrada de diputados de oposición, y permitieron el asalto al hemiciclo. Para que luego de propiciar la ausencia de la oposición y crear un escenario perfecto, los diputados del régimen procedieran a nombrar al director de debates y a la designación de una junta directiva oficialista.

 A esto hay que sumarle que hasta la fecha se desconocen las credenciales de los diputados y los votos mediante los cuales fueron electos los miembros de la junta directiva oficialista de la Asamblea Nacional.

De modo que, desde Cepaz consideramos ilegitima a la junta directiva de la Asamblea Nacional impuesta por el régimen el 5 de enero de 2020, y somos cónsonos con los demócratas del mundo, quienes fueron enfáticos en condenar este nuevo acto de ruptura a la institucional democrática.

“…la votación que dio lugar a la «elección» de Luis Parra no fue legítima, ya que no respetó los procedimientos jurídicos ni los principios constitucionales democráticos”. (Unión Europea)

“La Asamblea Nacional tiene el derecho constitucional de reunirse sin intimidaciones ni interferencias para elegir a su presidente y directiva, por lo que desconocemos el resultado de una elección que vulnera esos derechos y que se ha dado sin la plena participación de los diputados que acudieron a la sesión (Grupo de lima)

Ahora bien, a pesar de todas las arbitrariedades ocurridas en enero de 2020, desde la sociedad civil auspiciamos el diálogo y la ruta electoral como el único mecanismo para salir de la crisis política. En ese sentido se lograron diversas reuniones con sectores de partidos de oposición y del oficialismo, en los que se abrieron las puertas al diálogo y a acuerdos importantes, como lo fue la designación de los representantes de la sociedad civil en el Comité de Postulaciones Electorales.

A pesar de los avances para consolidar acuerdos políticos que permitieran la solución pacífica de la crisis política, el régimen utilizando al TSJ, abrió nuevamente camino a la invalidación de la Asamblea Nacional legítima, para imposibilitarla de nombrar los nuevos rectores del CNE a propósito de las elecciones parlamentarias a celebrar este año. Todo ello a través de las sentencias 0065,0068,0069,0070,0071,0072 y 0073.

Así pues, las recientes decisiones del mes de mayo y junio del TSJ, particularmente, la sentencia 0065 termina de legitimar la Junta Directiva oficialista presidida por el diputado Luis Parra, la sentencia 0068 declaran la omisión legislativa de la Asamblea Nacional en la designación de los integrantes del CNE,  y a pesar de que mediante la sentencia 0069 se había otorgado un plazo al Comité de Postulaciones Electorales de 72 horas para la entrega de lista de los candidatos para integrar el CNE, el TSJ vuelve a  dar un golpe a la democracia ,con la sentencia 0070 en la que nombran a los árbitros electorales y ordenan la convocatoria de elecciones para elegir a los diputados del parlamento.

Aunado a lo anterior, debemos destacar el patrón de persecución en contra de los partidos políticos  de oposición, el cual ha sido aplicado de forma sistemática y reiterada por el régimen desde el pasado, y que desde CEPAZ hemos denunciado y documentado a través de Un sistema político sin partidos: Venezuela 2018. Ahora, a meses de una posible celebración de elecciones parlamentarias, el régimen en menos de una semana suspendió la junta directiva de dos partidos políticos; Acción democrática y Primero Justicia, a través de las Sentencias 0071 y 0072 respectivamente. En estas mismas sentencias se nombran nuevos directivos ad hoc y se autoriza el uso de las tarjetas electorales, logos y símbolos de la organización.

Adicionalmente, y por la misma ruta se está buscando invalidar al partido Voluntad Popular, el cual tiene un proceso penal abierto al ser acusados como terroristas, y que además han abierto la posibilidad de aplicar la misma estrategia, de destitución de directivos y nombrar una junta ad hoc. De esta manera se pretende acabar con la posibilidad de participación electoral alternativa.

Es de hacer notar que algunas de las sentencias no han sido publicadas íntegramente, por lo que se desconoce las razones de hecho y de derecho para la toma de las decisiones.

Derechos civiles y políticos socavados

La Organización de las Naciones Unidas (ONU), ha sido enfática en señalar que los valores de libertad y respeto por los derechos humanos y el principio de celebrar elecciones periódicas y genuinas mediante el sufragio universal son elementos esenciales de la democracia. En tal sentido que, el pleno ejercicio de la democracia se configura en el respeto de las decisiones emanadas de la voluntad del pueblo.

Por su parte, uno de los principios que caracteriza a un Estado de Derecho es la separación e independencia de los poderes públicos como elemento esencial de la democracia, así lo ha señalado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, mientras a su vez enfatiza la importancia de que, en el orden jurídico e institucional, las leyes prevalezcan sobre la voluntad de los gobernantes.

En ese sentido, la situación política en Venezuela, se aleja por mucho de los principios que caracterizan a un Estado de Derecho, toda vez que el régimen valiéndose del arbitrario e inconstitucional uso de los poderes públicos, manipula a su conveniencia los distintitos eventos electorales, con el fin de mantener el control sobre todo el aparato estatal y permanecer en el poder.

Así pues, las últimas sentencias emanadas del TSJ, demuestran la manera arbitraria en la que el régimen, personificado en el poder judicial, vulnera además del principio de independencia de los poderes públicos y el derecho a la democracia, también la soberanía popular y la libertad de asociación.

En este orden, traemos a colación la importancia del principio de autodeterminación como expresión fundamental de una democracia, el cual se encuentra bastamente contemplado en la Constitución Nacional y en los tratados internacionales.  En este sentido, se encuentra conjuntamente estipulado en el artículo 1 del  Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y el  Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Asimismo lo contempla el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos, y además lo enfatiza la Resolución XV de la Asamblea General de la ONU. Este principio es ejercido a través de la soberanía popular, y se traduce en el derecho de los ciudadanos en decidir sus propias formas de gobierno, y perseguir su desarrollo económico, social y cultural.

Desde esta perspectiva, la autodeterminación se consolida en la celebración de elecciones auténticas, libres y democráticas, en la que la población valiéndose de su derecho al voto, de manera directa, o indirecta, por medio de los representantes elegidos, decida los destinos de un país. Bien lo establece la Constitución en su artículo 5 La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público”.

Por otra parte, el patrón de persecución y desacreditación en contra de los partidos políticos, constituye una férrea vulneración del derecho humano a la asociación contemplado, además de en la Constitucional Nacional, también en el artículo 16 de la Convención Americana de Derechos Humanos y el 22 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

La conformación de partidos políticos en un país democrático, representa la existencia de un pluralismo político, con distintos intereses e ideologías que dan paso a la participación y alternabilidad democrática mediante elecciones, y/o la conformación de espacios de debates e ideas entre el gobierno de turno y la oposición.  Pero además de ello, los partidos políticos también representan una ventana para la libertad de expresión de denuncias sociales.

Sin embargo, en el caso venezolano, la línea de persecución por parte del régimen para invalidar a los partidos políticos disidentes, da cuenta de la imposición de una única ideología de Estado, opacando toda posibilidad de debate y participación.

En este sentido, la existencia de partidos políticos es esencial para el ejercicio de los derechos civiles y políticos de la población. Al respecto la observación general No. 25 del Comité de los Derechos Humanos de la ONU, es enfático en señalar que el derecho a la libertad de asociación, y en particular el derecho a fundar o adherirse a organizaciones interesadas en cuestiones políticas y públicas, se encuentra íntimamente vinculado con el principio de autodeterminación o la soberanía popular, toda vez, que los partidos políticos desempeñan una función primordial en la dirección de los asuntos públicos y en los procesos electorales.

Consideraciones finales

La manera desenfrenada en la que el régimen utiliza el TSJ para generar un CNE que le otorgue el escenario electoral perfecto para permanecer en el poder, da cuenta una vez más de las violaciones sistemáticas y reiteradas de los derechos civiles y políticos de los venezolanos en el marco de los procesos electorales, quienes, en pleno ejercicio de sus derechos constitucionales y sus derechos humanos, tienen la potestad de dirigir los asuntos públicos de su país.

Desde Cepaz condenamos la falta de instituciones democráticas que permitan avanzar hacia el fin de la crisis política que existe en Venezuela. Sin embargo, consideramos que, desde la sociedad civil, aun queda mucho por hacer, y por eso partimos en la necesidad de continuar documentando y visibilizando las irregularidades de todos los procesos electorales. Asimismo, continuamos auspiciamos las soluciones pacíficas y democráticas a través de la exigencia de garantías de la restauración de los derechos civiles y políticos de todos los venezolanos y el nombramiento de árbitros electorales imparciales, que abran las puertas a la celebración de elecciones auténticas, libres y democráticas.

 

 


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